jueves, 18 de junio de 2015

Simón Bolívar firmó la norma el 18 de marzo de 1824 en la ciudad de Trujillo y Atacada

Interesante, Decretada pena de muerte para empleados corruptos de Hacienda Pública, Aduana, Resguardo o Capitanía de Puerto.- Simón Bolívar firmó la norma el 18 de marzo de 1824 en la ciudad de Trujillo - 29/05/2015 8:24:03

" Decreto 18 de marzo de 1824
Señalando premios a los denunciantes de contrabandos
Simón Bolívar, Libertador, Presidente de Colombia, encargado del Poder dictatorial de la República del Perú, etc.
No siendo suficientes para impedir el contrabando las penas establecidas hasta hoy y continuando el fraude en los derechos de importación y exportación por los puertos de la República, con grave detrimento de sus intereses; he venido en decretar, y decreto lo siguiente:
Art. 1. Todo el que delatase especies de todas clases, importadas o exportadas clandestinamente, les serán adjudicadas en su totalidad, sea cual fuese la cantidad y valor de estas especies, deducidos solamente los derechos que deberían pagar, si hubieran sido importadas o exportadas legítimamente.
Art. 2. Todo el que aprendiese especies no delatadas por otro que hayan sido introducidas o extraídas clandestinamente, las hará también suyas, excepto la parte que corresponde al Gobierno como se ha dicho en el artículo anterior.
Art. 3. Todo empleado en Aduana, Resguardo, Capitanía de puerto o cualquiera otro destino de Hacienda Pública que tomare parte en los fraudes que se cometan contra ella, bien sea interviniendo como principal, bien sea sabiendo el fraude y no delatándolo, quedará sujeto a la pena capital que se le aplicará irremisiblemente.
Art. 4. Todo ciudadano tiene derecho a velar sobre la Hacienda nacional. Su conservación es de un interés general. Los que la defraudan son enemigos capitales; y en este caso la delación lejos de degradar al que la hace, es una prueba de su ardiente celo por el bien público.
Dado, firmado de mi mano, y refrendado por mi Secretario general interino, en el cuartel general de Trujillo, a diez y ocho de marzo de mil ochocientos veinte y cuatro.
Simón Bolívar
Por orden de S. E. , El Secretario general interino. , José de Espinar
Junio 15, 2012
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Noticia, Atacada - 04/03/2015 4:30:00

"I. Acabo de leer en el diario un titular que dice así: "ella no debió defenderse". El que habla es un ciudadano indio que ha apelado a su pena capital por haber violado, junto con tres otros acusados, y causado lesiones que llevaron a la muerte a una joven en un bus de Nueva Delhi.
La mujer tenía 23 años, fue violada en grupo y penetrada con una barra de hierro en el 2012, por cuya causa murió. "Ella debió estar callada y permitir la violación. Ahora cuando violen, no dejarán la chica como hicimos nosotros, la matarán"", dijo refiriéndose a su pena de muerte. Afirma que quiso enseñarle que una mujer no debe salir a ciertas horas con determinadas ropas.
II. En el Perú, una chica está parada frente a la casa donde fue dopada y violada por un número indeterminado de personas. Tenía 18 años recién cumplidos y fue con una amiga de 16 a casa de un chico a "hacer los previos". El trago tenía más que trago y el chico no era un chico sino un salvaje. Él y sus amigos.
El médico legista determinó que hubo violación y el culpable ,al tener 16 años, fue sentenciado a una pena "socio-educativa" de diez meses. Los demás fueron llamados a declarar como testigos.
La chica fue, denunció, dio las pruebas suficientes de su violación y uno, sólo uno de los violadores, fue sentenciado a una pena de diez meses por ser menor de edad. ¿Cuánto tiempo de pena tendrá ella?
III. Aldo Miyashiro tiene un perfil público alegre. Es absolutamente popular y la gente lo quiere. Pudo protagonizar una película cómica y venderla a una marca de chela, pero sin embargo ha dirigido Atacada, la teoría del dolor. Una película sobre la violación y la justicia en el Perú, a partir de mañana en todos los cines. Yo le creo cuando dice que esta película está hecha para tratar de cambiar la vida de las mujeres en nuestro país.
¡Qué ganas de que con una película, con una ley, con una actitud, con una columna, cambien hoy las vidas de las mujeres y los hombres de todas partes! Vale. Así será, ¡sí se puede!
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Que opina? Pena de muerte para funcionarios públicos corruptos y jueces que no los sancionen.- El famoso decreto incumplido (y derogado) del Libertador Simón Bolívar - 04/11/2014 0:43:11

" Texto del decreto de Simón Bolívar estableciendo la pena de muerte para los funcionarios públicos corruptos.
No se tiene conocimiento que la norma fuera aplicada. En el caso de Bolivia, se sabe que el decreto fue derogado por el Código Penal de Santa Cruz.
Existen discrepancias sobre la fecha en que el decreto fue promulgado. Hay versiones que indican que fue dado el 12 de enero de 1824 y otras establecen esta fecha como el 12 de enero de 1825. Al margen de la diferencia de fechas, las distintas versiones coinciden en el texto de la norma legal bolivariana.
Decreto imponiendo la pena capital a todo funcionario que malverse de diez pesos arriba de los fondos públicos, lo mismo que a los jueces que no procedan conforme a él
Simón Bolívar, Libertador Presidente de la República de Colombia, Libertador de la del Perú, y encargado del supremo mando de ella, etc., etc., etc.
Teniendo presente:
Primero: Que una de las principales causas de los desastres en que se ha visto envuelta la República ha sido la escandalosa dilapidación de sus fondos, por algunos funcionarios que han intervenido en ello;
Dos: que el único medio de extirpar radicalmente este desorden es dictar medidas fuertes y extraordinarias; he venido a decretar, y
Decreto:
Artículo 1°. Todo funcionario público, a quien se le convenciere, en juicio sumario, de haber malversado o tomado para sí, de los fondos públicos, de diez pesos arriba, queda sujeto a la pena capital.
Artículo 2°. Los jueces a quienes según la Ley, compete este juicio, si en su caso no procedieren conforme a este Decreto, serán condenados a la misma pena.
Artículo 3°.Todo individuo puede acusar a los funcionarios públicos del delito que indica el artículo 1°.
Artículo 4°. Se fijará este Decreto en todas las oficinas de la República y se tomará razón de él en todos los despachos que se libraren a todos los funcionarios, que de cualquier modo intervengan en el manejo de los fondos públicos.
Imprímase, publíquese y circúlese.
Dado en el Palacio Dictatorial de Lima, a 12 de enero de 1825, cuarto de la República.
Simón Bolívar
Por orden de S. E.
El ministro de Hacienda
Hipólito Unánue
Junio 16, 2012
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Consulte Información en Politiqueria El famoso decreto incumplido (y derogado) del Libertador Simón Bolívar y Ejecutivo evalúa crear órgano que intervenga en regiones

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Politica Peruana

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