Marita Barreto: "Jueza Sonia Torres debió inhibirse en el caso Orellana" 2015-05-18 12:06:56
La fiscal Marita Barreto, a cargo de la investigación del caso Orellana por lavado de activos, afirmó que la jueza Sonia Torres Muñoz debió inhibirse de participar en la revisión de la detención preliminar de un grupo de investigados por sus supuestos vínculos con la red del empresario. [Rodolfo Orellana: Su hijo fue detenido por la Policía en San Borja] Barreto, en diálogo con Perú21, expresó esa opinión debido a que la magistrada Torres, integrante de la Sala Penal de Apelaciones Nacional, había laborado años atrás junto al ex vocal supremo Robinson Gonzales, presuntamente relacionado a las actividades ilícitas de Rodolfo Orellana. [Rodolfo Orellana: Ex procurador alquiló oficinas para su red en Chimbote] El ex juez Gonzales fue liberado el viernes último luego de que la referida sala penal decidiera anular la resolución judicial con la cual se había dispuesto el arresto preliminar del llamado aparato legal de la supuesta red criminal, el 5 de mayo pasado. "La magistrada Torres, que participó en la diligencia, fue compañera de trabajo de Robinson Gonzales en el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Esto es muy grave", refirió. Agregó: "Ella debió inhibirse de conocer o dirigir esa audiencia, según las disposiciones del Código Procesal Penal". Indicó que está segura de que las personas liberadas de la detención preliminar ya no se presentarán ante la justicia. Ante esta situación, la fiscal Marita Barreto dijo que evalúa presentar su renuncia. "Estoy evaluando tomar esa decisión debido a que de nada va a servir que yo insista en hacer una investigación proba y que la instancia que va a decidir sobre mis pedidos en el Poder Judicial simplemente los va a echar al tacho", manifestó. OTRA APELACIÓN De otro lado, la Sala Penal Especial de la Corte Suprema revisará hoy el recurso de apelación interpuesto por los cuatro suspendidos magistrados de la Corte Superior de Ucayali contra la medida de prisión preventiva de 18 meses que se les impuso por su supuesta vinculación con Rodolfo Orellana. La detención preventiva fue ordenada el 8 de mayo. SABÍAS QUE… William Paco Castillo, defensor legal del ex mandatario Alberto Fujimori, también visitaba las instalaciones del búnker de Rodolfo Orellana, según el programa Panorama. Este abogado comentó que se reunió con Orellana, entre 2012 y 2013, para "algunas consultas". Ahora estaría por defender a Robinson Gonzales. PERU 21CONGRESISTAS FUJIMORISTAS EN PROBLEMAS POR VIAJE A MITIN DE KEIKO 2015-04-20 15:36:09
La foto que ven arriba corresponde al mitin por el quinto aniversario de Fuerza Popular realizado hace un mes en la ciudad de Puno. La presidenta del partido aparece bailando en primer plano, pero al fondo están algunos de sus congresistas, vestidos con casaca naranja.
Y justamente algunos de ellos están en problemas.
Ayer, el periodista Martín Hidalgo reveló en El Comercio que seis parlamentarios fujimoristas viajaron para participar en la actividad partidaria con pasajes pagados por el Congreso. Los congresistas involucrados son Juan José Diaz Dios, Rolando Reátegui, Freddy Sarmiento, Ángel Neyra, Alejandro Aguinaga y Francisco Ccama. Este último es el único de los representantes que sí es de la región.
El pretexto para la coincidencia en el viaje es el que señala Hidalgo:
Este Diario se comunicó con cuatro de los parlamentarios que viajaron a Puno con pasajes del Congreso sin ser esta su región. La mayoría coincidió en que habían ido a realizar gestiones de fiscalización que, por casualidad, encajaron con la fecha del viaje de Keiko Fujimori.
Resulta por lo menos curioso que los seis congresistas implicados “justo” hayan hecho actividades de fiscalización - en una región que no es la suya, con excepción de Ccama - en días cercanos al mitin del 7 de marzo. Este mismo pretexto volvió a ser enunciado hoy por Diaz Dios, al anunciar que, frente al roche, van a devolver el dinero de los pasajes al Congreso.
Pero subsisten algunos problemas. De un lado, varios parlamentarios fujimoristas sí acudieron al mitin partidario como corresponde, es decir, con la suya. Julio Gagó, Octavio Salazar y Leila Chihuán son algunos de los congresistas que sí tuvieron el mínimo decoro de asistir a una actividad partidaria con su peculio.
Asimismo, varios de los pretextos sobre “actividades de representación previas al mitin” son desmentidas en la nota de Hidalgo. Los casos más clamorosos son los de Reátegui y Neyra. Y, de hecho, el anuncio hecho por Alejandro Aguinaga de devolución del dinero de los pasajes, que es consignado en la nota, sonaba a confesión de parte.
Y tampoco les será fácil salir tanto de la investigación de la Comisión de Ética como por las posibles consecuencias penales de este tema. De hecho, las palabras peculado de uso comienzan a sonar en los pasillos del Poder Legislativo para enunciar el posible tipo penal en el que habrían incurrido los seis congresistas naranjas.
El argumento que, posiblemente, esgriman los parlamentarios fujimoristas, es que no existiría delito “al devolver el dinero empleado para los pasajes”. El problema es que su propio líder histórico les complica la vida. En la sentencia contra Alberto Fujimori en el caso 15 millones (la famosa “CTS” de Montesinos), la Sala Penal Especial rechazó la argumentación de su defensa, que sostenía exactamente lo mismo que acabamos de enunciar. El colegiado señala expresamente que el peculado “se consuma con el solo fraccionamiento o salida de modo temporal o definitivo de los bienes y caudales de la esfera de custodia del Estado”. Es decir, una vez que salió la plata de la administración del Congreso, hay delito consumado. Y no vale la devolución para tratar de eludir la responsabilidad penal.
Y en la página 46 de la sentencia, la Sala es aún más clara:
“Como advierte la doctrina y la jurisprudencia nacional hay consumación de peculado aún cuando la apropiación haya sido momentánea y los bienes o caudales hayan sido devueltos con posterioridad“
En un Congreso que se precie de serlo, con estos elementos, estos congresistas ya deberían comenzar a ser procesados, no solo por la Comisión de Ética Parlamentaria, sino también por las instancias pertinentes del Ministerio Público.
Finalmente, el caso puede constituir un duro golpe para Keiko Fujimori. Solo dos de los parlamentarios han estado en periodos legislativos anteriores. Los otros 4 son llevados por ella. Por tanto, o zanjan rápido con este tema, o promete ser una bola de nieve que afecte gravemente su candidatura.
(Foto: Facebook de Keiko Fujimori)
5 de abril: ¿Qué pasó un día como hoy? 2015-04-05 11:41:45
Carlos Batalla @carlobata Ese domingo 5 de abril, el entonces presidente de la República, Alberto Fujimori, dio un mensaje a la Nación en vivo y en directo por televisión nacional, anunciando un golpe de Estado. Se trataba delmalhadado "autogolpe". La decisión llevó a disolver el Congreso de la República, intervenir el Poder Judicial y destituir a los miembros del Tribunal Constitucional (TC). La medida fue rechazada por las distintas fuerzas políticas del país, aunque contó con el apoyo de las Fuerzas Armadas y Policiales. Fujimori estableció el denominado "Gobierno de Emergencia y Reconstrucción Nacional". Fue una experiencia traumática para el país. En el 2007, la Sala Penal Especial de la Corte Suprema estableció que el golpe de Estado de 1992 afectó la democracia y el Estado de derecho del país. 5/4/1859: El gobierno de Ramón Castilla crea la Dirección General de Hacienda para mejorar explotación del guano. 5/4/1879: Chile le declara la guerra al Perú, dando inicio a la llamada"Guerra del Pacífico". 5/4/1954: El presidente Anastasio Somoza sale ileso de un atentado perpetrado en Nicaragua. 5/4/1964: Fallece el general estadounidense Douglas MacArthur. 5/4/1975: Fallece Chiang Kai-shek, presidente de la China Nacionalista o Taiwan. 5/4/1979: El dictador camboyano Pol Pot huye al extranjero ante el arribo de las tropas vietnamitas. 5/4/1994: Fallece el músico estadounidense Kurt Cobain. 5/4/1999: Se reestablece la calma en Paraguay tras el fallo judicial contra el golpista Lino Oviedo. 5/4/2014: Fallece el guitarrista y cantante de música criolla Óscar Avilés. Todo esto ocurrió un 5 de abril. Amigos, los invitamos a seguirnos en nuestro fan page: Huellas Digitales y en nuestra cuenta de Twitter @Huellas_ECpe EL COMERCIOEl Perú y la CIDH 2012-10-24 23:53:05
Por: Clodoaldo Rolando Bazan Gonzales
Es indudable que dentro del marco de la defensa de los derechos e intereses del Estado, el proceder del marco institucional en su conjunto debe ser único, la falta y la carencia de términos y criterios unívocos convierte a la defensa del Estado en débil, causando una sosiega indefensión. Es en este contexto que se desarrolló la participación de la delegación del Estado peruano en la audiencia convocada por la Corte-IDH, que debía evaluar si el Estado peruano había cumplido con lo dispuesto en el pronunciamiento del caso “Chumbipuma Aguirre y otros vs. Perú (conocido como “Barrios Altos”).
En este escenario tanto el Procurador Público Supranacional, Oscar Cubas, como el Procurador Público encargado de los asuntos del Poder Judicial, Segundo Vitery, se enfrascaron en una discusión innecesaria, donde Cubas expresó el rechazo del Estado peruano a la decisión de la sala presidida por Villa Stein; mientras que Vitery defendió los alcances del fallo, desnaturalizando la debida argumentación en la que debía versar la mencionada audiencia.
En principio, tanto el Poder Judicial y el Poder Ejecutivo, representado por el Ministerio de Justicia, debieron proponer un solo procurador que por eminentes cuestiones competenciales debió ser el Procurador Supranacional. La concurrencia de dos Procuradores para explicar ante la Corte-IDH el cumplimiento de medidas de reparación sobre las recomendaciones dictadas en la resolución del caso “Barrios Altos” ab initio, desnaturalizó la audiencia contraviniendo el quehacer técnico de lo que debió ser la defensa explicativa de las labores efectuadas por el Estado peruano respecto a las mencionadas recomendaciones.
No cabe duda que las labores del Estado respecto a “justicia restaurativa” no compete tan solo al Poder Judicial o al Ministerio de Justicia, sino al grueso de sectores de la administración del Estado, sin embargo el documento remitido al Estado peruano por la Corte-IDH, de fecha 01 de agosto del presente año que convocó a la audiencia de fecha 27 de agosto del mismo año, indica que se remita “información relevante que se haya producido con posterioridad a la resolución del 20 de julio de 2012″, refiriéndose al fallo de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema que resolvió el recurso de nulidad (N° 4104-2010), presentado por varios integrantes del denominado grupo “Colina”, por el Ministerio Público y por la parte Civil, -respecto a la sentencia expedida por la Sala Penal Especial Anticorrupción de fecha 01 de octubre de 2010. Si bien es cierto no es parte, de nuestro análisis el determinar todos y cada uno de los CRITERIOS JURIDICOS del fallo, podemos señalar que el determinar una reducción del cuantum de la pena por razones que advierten la afectación del “derecho al plazo razonable” pueden ser amparadas puesto que esta institución ha sido desarrollada por la Corte-IDH en sendas jurisprudencias de observancia obligatoria. Creemos por otro lado, -tema que ha denotado gran discusión-, que el problema surge respecto de juicios de tipicidad del delito atribuido, el fallo estipula que no es delito de lesa humanidad, contraviniendo lo mencionado por la Corte-IDH, desestimando el llamado “control de convencionalidad”. … (LEER MÁS…)
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