miércoles, 22 de julio de 2015

Ejecutivo legislará sobre seguridad ciudadana y materia económica y Declaración de Montesinos contra Keiko pone "sal y pimienta" a la campaña

Interesante, Ejecutivo legislará sobre seguridad ciudadana y materia económica - 01/07/2015 14:38:19

" Durante 90 días el Ejecutivo podrá legislar sobre seguridad ciudadana y materia económica. Se publicaron las respectivas leyes que habían sido aprobadas por el Congreso de la República.
Los principales aspectos sobre los cuales el gobierno emitirá decretos legislativos para fortalecer la lucha contra la delincuencia y el crimen organizado:
Combatir el sicariato, la extorsión, el tráfico de drogas y de insumos químicos y la usurpación y tráfico de terrenos.
Fortalecer la supervisión, gestión y control migratorio, así como de los servicios aduaneros, puertos y aeropuertos.
Fortalecer los servicios de seguridad privada y el uso de los sistemas de video vigilancia y radiocomunicación.
Potenciar la capacidad operativa, la organización, el servicio policial y el régimen disciplinario de la Policía Nacional.
Promover y fortalecer el sistema penitenciario nacional en materia de infraestructura, salubridad, seguridad, vigilancia y control.
Optimizar el sistema nacional de registros públicos para garantizar la seguridad jurídica y prevenir los fraudes.
Fortalecer la defensa jurídica del Estado para garantizar el pago de las reparaciones.
Los puntos sobre los que legislará en materia económica:
Establecer medidas que promuevan el acceso a la vivienda y a la formalización de la propiedad, así como fortalecer la rectoría del saneamiento, con la finalidad de fomentar la infraestructura. También se buscará otorgar incentivos fiscales para promover los fondos de inversión, el arrendamiento de inmuebles e impulsar el desarrollo del mercado de factoring.
Promover, fomentar y agilizar la inversión pública y privada, las asociaciones público-privadas y la modalidad de obras por impuestos, así como facilitar y optimizar los procedimientos en todos los sectores.
Facilitar el comercio, doméstico e internacional, establecer las medidas para garantizar la seguridad de las operaciones de comercio internacional y eliminar las regulaciones excesivas que lo limitan.
Perfeccionar la regulación de las actividades de generación y distribución eléctrica y de electrificación rural, así como dictar el marco general para la interconexión internacional de los sistemas eléctricos.
Promover el consumo directo de los recursos hidrobiológicos a través del desarrollo de la acuicultura.
Fuente: Perú21
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Información: Proyecto de ley contra la Transparencia Financiera de las empresas - 08/11/2011 10:16:32

" Cuando no el fujimorismo. El congresista de dicha bancada, Octavio Salazar, presenta peligroso Proyecto de Ley que atenta contra la Transparencia Corporativa. Claro que el ex general Salazar debe saber tanto de transparencia financiera, como yo de física cuántica. Es un simple testaferro legislativo. Ese proyecto no debe pasar. Aquí la nota:
""Pleno del Congreso discutirá este jueves la derogación de la ley que obliga a compañías no listadas a presentar estados financieros auditados
La derogación de la ley que obliga a todas las empresas con facturaciones iguales o mayores a S/.10,8 millones, y que no listen en bolsa, a presentar sus estados financieros auditados a la Superintendencia de Mercado de Valores (SMV), no concita acuerdo en el Congreso de la República.
La propuesta, presentada por el congresista Octavio Salazar y aprobada por la Comisión de Economía la semana pasada, podría ingresar a debate en el pleno del próximo jueves, informaron voceros del Congreso.
La iniciativa determina la eliminación del artículo 5 de la Ley 29720, que promueve las emisiones de valores mobiliarios. En ella, se establecía que las empresas (medianas y grandes, que no cotizan en bolsa) debían hacer pública su información desde junio de este año.
Sin embargo, lo sugerido por el congresista Salazar refiere que esta obligación expone a accionistas y gerentes de las empresas medianas ante el crimen organizado.
SEGURIDADLas empresas agremiadas en la Cámara de Comercio de Lima (CCL) respaldaron los argumentos que acompañan este planteamiento.
Voceros de dicha entidad informaron que la divulgación de esta información vulnera la seguridad jurídica y personal de quienes participan en las empresas medianas. Agregaron que, en todo caso, las auditorías deben ser voluntarias.
DEBATEEn el Congreso tampoco hay acuerdo. El parlamentario Juan Carlos Eguren solicitó mayor debate. "Si el argumento de que esta iniciativa evitará que haya raptos de accionistas fuese válido, las grandes empresas que sí cotizan en bolsa podrían decir lo mismo", opinó.
Además, indicó que se debe considerar que contar con información auditada abrirá mejores condiciones de financiamiento, y permitirá combatir el lavado de activos.
CONFIANZA EN LA INFORMACIÓN
Los auditores opinan a favor de la norma que se pretende derogar. Javier Candiotti, partner in charge audit de Kpmg, comenta que el hecho de que todas las empresas tengan información auditada generará confianza en los propietarios, posibles inversionistas, trabajadores y hasta en el propio gobierno.
"Esta norma es un gran paso hacia la confianza. Esto ya se hace en la región", explicó.
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Seguridad Jurídica

Es Noticia, San Martín: Declaración de Montesinos contra Keiko pone "sal y pimienta" a la campaña - 02/03/2011 16:04:01

" Ideeleradio.- El presidente de la República debería estar en la primera línea y liderar la lucha contra el narcotráfico con independencia de las políticas partidarias, o de lo contrario, será difícil engranar los ejes que permitan enfrentar este flagelo, advirtió el titular del Poder Judicial (PJ), César San Martín.
"La política del huevo y la gallina no ayuda en la discusión racional de un problema sumamente complejo, pero desde luego, lo que todos los peruanos tenemos que reconocer es que aquí hay que trazar una política de Estado con independencia de políticas partidarias o políticas puntuales", expresó en el programa No Hay Derecho de Ideeleradio.
"Una política consistente implica atacar medularmente tres ejes en la línea del narcotráfico, pero sí soy claro, [debe haber] un liderazgo del jefe de Estado, si el jefe de Estado no lidera, no asume, no se pone en la primera línea no será posible este engranaje que tiene que funcionar como un reloj, creo que ahí está uno de los primeros temas esenciales", anotó.
Precisó que para combatir el crimen organizado se debe fomentar la creación de protocolos adecuados de investigación, de un diseño insistente y cuajado en materia de persecución de delitos y un entendimiento global de la expansión del fenómeno de la criminalidad de drogas.
"La situación es compleja, pero muy dinámica y, en consecuencia, los problemas que se presentan son propios de una estructura criminal en alza y, obviamente, de cierta debilidad del Estado [con] la ausencia de planes efectivos en materia de interdicción por un lado, de sustitución de cultivos por otro lado, y finalmente en materia de persecución del lavado de activos del narcotráfico que es junto con la corrupción la fuente más importante de la economía criminal", argumentó.
"El problema fundamental radica en que aún faltan protocolos adecuados de investigación sobre estas materias, aún falta un diseño mucho más insistente y más cuajado en materia de persecución de estos delitos y desde luego falta un entendimiento más global de la expansión del fenómeno de la criminalidad de drogas asociada al problema de desarrollo social. […] Creo que no hay que ser catastrofistas en el tema ni lanzar globos en el sentido de que la cosa está pérdida [en lucha contra el narcotráfico]", recalcó.
Hoja de ruta en seguridad ciudadana
San Martín Castro consideró, en otro momento, que se debe crear una hoja de ruta concreta de cómo instituir un modelo que permita enfrentar la inseguridad. El magistrado anotó, de forma general, que ve en algunos candidatos presidenciales ,con quienes se ha reunido, la existencia de una preocupación por el tema de seguridad ciudadana.
"La reforma del Estado no está desconectada, al contrario la reforma o la llamada modernización de la justicia forma parte de esta reforma del Estado, desarrollo, inversiones, seguridad jurídica, derechos sociales, económicos y culturales, no pueden ser afirmados sin una justicia fuerte, eficiente, presente y predictible", expresó.
"Hay en muchos candidatos una línea importante, como también preocupación sobre temas de seguridad ciudadana y sobre temas de narcotráfico aunque falta madurar un poco más y fijar una hoja de ruta más concreta de cómo instituir un modelo de seguridad ciudadana y luego cómo lograr que todas piezas en la lucha contra el crimen organizado y el terrorismo calcen debidamente", agregó.
En ese sentido, destacó el nivel de participación de los aspirantes presidenciales que han expresado sus ideas a través del diálogo y la tolerancia, que estimó se ha instaurado en el Poder Judicial.
"Lo importante, creo yo, es el clima de diálogo, tolerancia, que se ha instaurado y que uno como Poder Judicial ya no está enclaustrado, ensimismado, sino que ahora sale a la luz [el Poder Judicial ya no es una burbuja]. La justicia no solo es un problema de jueces es un problema nacional en el que todos deben colaborar", sostuvo.
"Pero no se puede hablar en bloque de todos los candidatos, existen diferencias, pero si uno hace una apreciación de conjunto puede ver que el tema de justicia ya está engarzado en los planes de gobierno e incluso en la propia lógica de desarrollo y de las llamadas reformas de segunda generación", acotó.
Líneas jurisprudenciales contra volteretazos en DD.HH.
El máximo representante del Poder Judicial anunció, igualmente, que se está trabajando para fijar líneas jurisprudenciales homólogas en materia de derechos humanos, al calificar de censurable los cambios y "volteretazos" inmotivados a lo estipulado por el Sistema Interamericano, el Tribunal Constitucional y la misma Corte Suprema.
Fue al ser consultado por algunas sentencias que ha emitido el Poder Judicial en procesos por delitos de lesa humanidad que son contradictorias a lo que establecen tanto la jurisprudencia internacional como el propio Tribunal Constitucional.
"Esos fallos que menciona de la Sala Penal están pendientes de solución en la Corte Suprema. La gran tarea que tenemos y estoy trabajando fuerte con la Sala Penal Nacional y con mis dos Salas Penales Supremas es que vayan trabajando de manera consistentes líneas jurisprudenciales homólogas y que respeten las decisiones que sobre el particular ha elaborado, sobre todo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), otras cortes internacionales y fallos del Tribunal Constitucional", refirió.
"El caso de derechos humanos es muy sensible porque pone en juego y tensa relaciones entre los sectores militares y policiales por un lado, y las víctimas por el otro, pero también en frente está un fenómeno que cierra un sistema que es el terrorismo y la violencia que este desató y esto genera una serie de pasiones y desde luego una serie de opiniones que en muchos de los casos son muy parciales, pero propio de la tención del caso. Pero sí, yo creo que es censurable cambios y volteretazos inmotivados a líneas jurisprudenciales consolidadas", puntualizó.
El titular de la Corte Suprema subrayó que es censurable que los magistrados modifiquen la línea de sus sentencias sin ningún motivo jurídico. San Martín Castro dijo, además, que se está trabajando en la profundización de los acuerdos plenarios a fin de que el Poder Judicial afiance una cultura jurisprudencial que garantice seguridad jurídica e igualdad ante la ley.
"Esa cultura es lo que tiene que profundizarse. Yo tengo un precedente, lo afirmo y no lo cambio cuando se meda la gana, se cambia cuando hay un razonamiento posterior que me llegue a la convicción que lo que antes de decidió resulta inadecuado o sencillamente equivocado y que hay otra solución que está más cercana a la justicia y que representa mejor los intereses del derecho", detalló.
"La solución que hemos configurado internamente, pero que hace falta profundizarla y seguirla, son los acuerdos plenarios. Anualmente, en materia penal tenemos plenos jurisdiccionales y nos abocamos a decir causas o temas emblemáticos y, a partir de eso, la propia Corte Suprema en línea horizontal lo que hace es, en los casos que se les presentan y que tienen similitud con lo que se ha decidido genéricamente en un acuerdo plenario, los aplica los desarrolla y de ser el caso confirma o revoca los fallos, esa cultura es lo que tiene que profundizarse", concluyó.
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Que opina? Normita de mis ensueños - 13/09/2012 11:44:00

La normita creció y tiene un nombre largo: Norma XVI del Título Preliminar del Código Tributario. Es el arma que ahora tiene la Sunat para luchar contra la elusión tributaria, pero no sabemos cómo la usará. Unos dicen que da facultades excesivas a la Sunat, porque puede acotar impuestos aun cuando la ley no lo haya establecido así expresamente, y eso es un abuso que atenta contra la seguridad jurídica. Otros advierten que puede ser aprovechada por mafias internas (de que existen, existen) para extorsionar a empresarios. Diré, más técnicamente, que no es constitucional. Veamos de qué se trata. 

El punto de partida es reconocer que un mismo resultado económico se puede obtener de distintas maneras.  Todas con capacidad contributiva, esto es, con contenido económico para soportar el pago de impuestos. No obstante, la ley no grava a todas esas posibilidades por igual: (a) porque quiere promover algunas modalidades en lugar de otras; o, (b) porque no es perfecta y se olvidó de gravar unas opciones (los “vacíos” o las “ventanas”). Si todas las posibilidades costaran lo mismo, no habría necesidad de ningún planeamiento tributario. Dicho de otro modo, el ahorro tributario sólo es posible porque la ley lo permite.  

Para que se aplique la Norma XVI,  la ley exige que la operación realizada no sea la usual para conseguir el resultado económico. Por ejemplo, si hay utilidades y se quieren distribuir, lo usual es que se acuerde el pago de dividendos, que está gravado con 4.1%. Algunas empresas, para evitar ese impuesto, acordaban capitalizar las utilidades aumentando el capital (lo que no está gravado) para luego reducirlo (lo que tampoco estaba gravado). De ser así, los accionistas recibían el dinero de las utilidades, pero esta vez no como dividendos sino como amortización de sus acciones. La misma cosa, pero más barata, porque no hay impuestos.

Tenemos entonces: (a) que lo usual es distribuir dividendos, en tanto que lo artificioso o impropio es capitalizar utilidades para inmediatamente reducir el capital; y (b) que esta operación no se explica económicamente y se ha realizado sólo para eludir impuestos. Si se dan estos dos elementos, la Norma XVI autoriza a la Sunat a tratar los actos indirectos utilizados (aumento de capital y posterior reducción) como si fuesen el acto directo que se evitó (la distribución de utilidades) y puede acotar el impuesto eludido.

Vista así la Norma XVI es no sólo un arma eficaz para evitar la elusión tributaria, sino que además nos devuelve decencia. De un tiempo a esta parte, la realidad económica vale más que las formas jurídicas.  Allí está el Derecho Laboral y sus nuevos procedimientos para resolver controversias entre empresas y trabajadores. Es un antecedente que muestra por dónde evoluciona el Derecho. La evolución para mejor siempre es incierta, porque nos enfrenta a retos nuevos, a lenguajes nuevos, a técnicas nuevas. Es posible el error, que es consustancial al aprendizaje. Nada de esto debiera asustar. Es el costo del desarrollo.  

Pero mi entusiasmo por este avance en el Derecho se desvanece por dos cosas. La primera es que hemos copiado de España la Norma XVI  sin considerar todas las demás normas complementarias, aquellas que precisamente evitan que se pueda usar arbitrariamente. Por ejemplo, es una comisión altamente especializada la que califica si hay hechos artificiosos o impropios, y no cualquier auditor fiscal, porque calificar los hechos económicos es muy complejo.

Otras garantías para el contribuyente, siempre tomadas de la experiencia española: (a) no caben multas, que en el Perú multiplican exponencialmente la deuda tributaria hasta hacerla impagable; (b) existe una justicia rápida, porque hay que reestablecer la seguridad jurídica, y no los largos procesos que en el Perú nos toman diez años; (c) los contribuyentes pueden hacer consultas previas, para que se califiquen los hechos por anticipado, lo que hoy no está permitido; y (d) hay responsabilidad en la administración para mejorar la técnica legislativa, cerrando las "ventanas" para que sea la misma ley la que evite la elusión (normas antielusivas específicas) y no la discrecionalidad de la administración (norma antielusiva general). 

La segunda es más grave:  el Congreso prohibió al Poder Ejecutivo legislar la Norma XVI. Claro que lo hizo de una manera elegante, pero clara. El asunto tiene historia. En diciembre de 1995, como ahora, el Poder Ejecutivo recibió facultades para legislar sobre tributos (Ley No. 26557). Fue así que promulgó la entonces Norma VIII (Decreto Legislativo No. 816). La parte final del segundo párrafo de esta norma era una norma antielusiva general, bastante similar a nuestra vigente Norma XVI. Pues bien, el Congreso derogó esa parte de la Norma VIII en 1996, porque atentaba contra la seguridad jurídica (Ley No. 26663). 

Cuando ahora el Poder Ejecutivo vuelve a pedir facultades delegadas, ya circulaban los proyectos que quería promulgar. El ministro de Economía tuvo que ceder en varias de sus pretensiones. Por ejemplo aseguró:  (a) que no se iban a incrementar los impuestos a los trabajadores; y (b) que las exoneraciones a la Amazonía y a las zonas de frontera no se tocarían. Sobre las normas antielusivas también aseguró que no se afectaría la seguridad jurídica.  Sobre la confianza de esas seguridades, en una segunda vuelta, la Comisión de Economía le dio luz verde. Así está escrito expresamente en el dictamen en mayoría (Proyecto de Ley No. 1091/2011-PE) y en el mismo texto de la ley del Congreso (articulo 2.b. de la Ley No. 29884).

Pues bien, si para el Congreso la norma antielusiva general atentaba contra la seguridad jurídica, porque así lo había declarado en 1996, era claro que no estaba autorizando al Poder Ejecutivo a dictarla de nuevo. Por eso la Norma XVI no es constitucional.  ¿Qué hacer?  La elusión debe ser combatida y la Sunat debe proponer las leyes para cerrar las “ventanas” de elusión, como lo ha logrado con varias de las normas del paquete tributario. Pero para una norma antielusiva general como la Norma XVI se debe crear un proceso de transición, donde la Sunat demuestre institucionalidad y capacidad técnica. La norma antielusiva general, que existe en los países más desarrollados, debiera ser el final de este camino de modernización. No el inicio, cuando falta aún prepararnos mejor. Pagar más impuestos, sin duda. Pero antes y sobre todo respetar los derechos constitucionales de los contribuyentes.

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Politica Peruana

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