viernes, 17 de julio de 2015

A 6 años del “Baguazo”… aún queda mucho por hacer y La causa judicial y una nueva marcha

A 6 años del "Baguazo"… aún queda mucho por hacer 2015-06-08 11:43:20

Por Juan José Quispe Capacyachi

La madrugada del 5 de junio del 2009, en la zona denominada "La curva del diablo" en Bagua – Amazonas, se dio inicio a la ejecución de una de las peores decisiones políticas del ex Presidente Alan García Pérez: el desalojo desproporcionado de los manifestantes indígenas empleando armas letales para conseguir su objetivo. El saldo: 33 personas muertas (23 policías y 10 civiles), un policía desaparecido (Felipe Bazán Soles), 205 personas heridas (172 entre indígenas y mestizos, 50 de ellos con impacto de bala, y 33 policías); y más de 100 personas detenidas entre nativos y mestizos.

Seis años después, las consecuencias del mal llamado "Baguazo" son catastróficas para los miembros de las comunidades indígenas: el Estado aún no establece con absoluta claridad la titularidad de sus tierras y territorios, más de 50 procesados en cuatro mega-procesos judiciales en donde se solicita la imposición de penas severas que llegan hasta la cadena perpetua, 04 líderes regionales mantienen una orden de captura vigente.

El mestizo Juan Ramón Cruz Cotrina, es quien hasta ahora permanece injustamente recluido en el establecimiento penal "San Humberto en la localidad de Bagua Grande.

No se puede soslayar el emblemático caso del Mayor PNP Felipe Bazán Soles. La falta de ubicación de sus restos constituye -sin duda alguna- una deuda del Poder Ejecutivo, del Ministerio Público, de la propia Policía Nacional y por qué no decirlo, un saldo pendiente de las propias comunidades indígenas para con la familia del citado efectivo policial.

En esa línea, resulta doloroso y funesto señalar que el Ministerio del Interior, del cual depende la Policía Nacional, durante 72 meses no haya realizado una búsqueda implacable para dar con el paradero de los restos de Bazán Soles. Se han contentado con la captura y procesamiento de Asterio Pujupat Wachapea, indígena quien junto a otros manifestantes aparecen en una muestra gráfica bajando con vida al Mayor Bazán, pero no hay ni un solo detenido que se encuentre dentro del grupo que finalmente se llevó y desapareció al Mayor.

Sin embargo, desde la otra orilla, ningún funcionario del gobierno aprista que se relacionaron directamente con la toma de decisiones en el desalojo de los protestantes indígenas han sido procesados penalmente. Quiere esto decir que, Alan García Pérez (en su calidad de Presidente Constitucional de la República), Mercedes Cabanillas Bustamante (Ministra del Interior), Yehude Simon Munaro (Presidente del Consejo de Ministros) y Mercedes Aráoz Fernández (Ministra de Comercio Exterior) en todos los procesos a donde sean citados, lo harán en condición de testigos.

A la fecha, el Poder Judicial de Amazonas aún no resuelve el pedido de inclusión de Mercedes Cabanillas como presunta autora en el proceso que se sigue contra altos oficiales de la PNP, por la muerte y lesiones de mestizos e indígenas. Creemos que pruebas para su procesamiento hay (Memorándum Múltiple N° 711-2009, declaraciones de Luis Mugurusa Delgado y de José Sánchez Farfán en la justica común, llamadas que hacía a Luis Mugurusa para que le informe lo que venía sucediendo, etc.).

Solo pesa sobre los ex ministros la responsabilidad política encontrada por la Comisión investigadora del Congreso, presidida por Guido Lombardi Elías. No hay nada más, ni una sanción política.

Dicho todo esto, pasemos a revisar el significado y las consecuencias del denominado "Paro Amazónico" y qué se viene.

¿Fue legítima la protesta de las comunidades indígenas?

Consideramos que sí. Recordemos que en el segundo gobierno de Alan García se emitieron varios decretos legislativos con la finalidad de implementar el Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos de Norteamérica. Estas normas en puridad vulneraban el derecho a la tierra y al territorio, la identidad, el uso de los recursos naturales y al desarrollo de las comunidades indígenas.

Ante esta situación, las organizaciones indígenas en agosto del 2008 realizaron un contundente paro que concluyó con la derogación de algunas normas.

Es por ello que a partir del 09 de abril del 2009 los nativos retomaron su lucha pacífica. El punto central de protesta se ubicó en Bagua – Amazonas, donde miles de nativos awuajún-wampis se movilizaron por  la carretera Fernando Belaunde Terry y la Estación N° 06 de Petro-Perú.

¿Los manifestantes indígenas cometieron delitos durante el paro amazónico?

Definitivamente no. Si bien la protesta fue pacífica pero bastante prolongada, era la única forma que tenían las poblaciones indígenas para decirle al Estado que sus tierras, aguas y territorio, no se venden, que son parte esencial de su cosmovisión y supervivencia.

Durante el denominado "paro amazónico", no existe reporte policial que evidencie la comisión de delitos realizados por los manifestantes, sea contra la integridad física de los efectivos policiales o los bienes y servicios públicos o privados. Sobre este punto se ha dicho mucho pero se sabe poco. Lo cierto es que hasta la noche del 4 de junio del 2009 ningún efectivo policial fue agredido ni se incautaron armas de fuego a los manifestantes indígenas.

¿Quiénes, cuándo, cómo y por qué acordaron realizar el desalojo de los manifestantes indígenas?

Conforme lo señala Yehude Simon Munaro en su declaración testimonial brindada ante el Poder Jde Bagua, en la sesión extraordinaria del Consejo de Ministros del 3 de junio del 2009, el entonces Presidente Alan García reunió a sus ministros para evaluar y determinar acciones inmediatas y urgentes, para poner fin a la prolongada protesta de los indígenas en diversos sectores del departamento de Amazonas, especialmente en "La curva del diablo" y la "Estación N° 06 de Petro-Perú".

Para el Ejecutivo era una situación insostenible. Tenía de un lado a representes de gobiernos locales y regionales que tocaban la puerta de palacio de gobierno para que dé solución al conflicto. Y del otro, a su Ministra de Comercio Exterior Mercedes Aráoz, brindando infortunadas declaraciones, señalando sin mayor análisis que en caso el gobierno derogue todos los decretos legislativos por presiones de los protestantes indígenas, peligraba la estabilidad del Tratado de Libre Comercio celebrado con los Estados Unidos. Nada más surrealista.

Es por ello que el presidente Alan García ordena a la Ministra del Sector Mercedes Cabanillas llevar adelante el desalojo de los manifestantes indígenas. Inmediatamente se coordina con el Director General de la Policía para la materialización de la decisión política.

Sobre este punto, la versión brindada a la Comisión Lombardi por la  ex Ministra de la Mujer, Carmen Vildoso -quien también participara de esa sesión del Consejo de Ministros-, fue más precisa. En aquella oportunidad "Alan García le miró a Mercedes Cabanillas y le dijo que ya era hora de actuar".

Ese mismo día, el Director General de la Policía José Armando Sánchez Farfán emite dos documentos de especial importancia:

1.- El Memorándum Múltiple N° 711-2009, donde se dispone que:

a)    Que el General Luis Mugurusa Delgado se traslade el mismo 3 de junio del 2009 a la localidad de Bagua y reemplace en el comando operativo a Javier Uribe Altamirano.

b)    Que Luis Mugurusa proceda a realizar una "apreciación de la situación" para el posterior desbloqueo de la carretera.

c)    Que Luis Mugurusa "informe permanentemente sobre el avance del planeamiento de las operaciones realizadas para el conocimiento de este comando y el de la señora Ministra del Interior, para la toma de decisiones".

2.- El Memorándum Múltiple N° 712-2009, que entre otras cosas dispone:

a)    Ejecutar el Plan General de Operaciones N° 08-2009 – "Paro Amazónico 2009" procediendo al desbloqueo de la carretera Fernando Belaúnde Terry del sector "La curva del diablo".

b)    Coordinar con el jefe de la 6ta. Brigada EP de "El Milagro", para que el ejército asuma la seguridad la Estación N° 7 – el Valor, la central hidroeléctrica de El Muyu, el Puente Corral Quemado y refuerce la Estación N° 6 de Kuzu Grande.

¿Qué sucedió entonces en la curva del diablo el 05 de junio de 2009?

En cumplimiento de lo dispuesto al más alto nivel, y a pesar que las autoridades políticas, eclesiásticas y el propio General PNP Javier Uribe Altamirano venían negociando el retiro pacífico de los manifestantes indígenas de los lugares de protesta, siendo aproximadamente las 06.00 de la mañana del 5 de junio miembros de la Policía Nacional portando armas de alto contenido bélico, iniciaron el desalojo de cientos de indígenas acantonados en la zona denominada "la curva del diablo". El saldo del operativo policial ya es conocido.

El brutal desalojo de manifestantes se extendió a las poblaciones de Bagua Grande y Bagua capital, distantes a media hora de "La curva del diablo". La consecuencia del operativo se vivió al interior de las instalaciones de la Estación 6 de Petro-Perú, distante a cuatro horas en donde fallecieron 9 efectivos de la Policía Nacional del Perú.

¿Cuál fue el aporte de las comisiones investigadoras en la búsqueda de la verdad?

Definitivamente que tienen un valor especial, no solo por la información de primera mano a la que tuvieron acceso, sino porque directamente recogieron testimonios de diversas autoridades políticas, funcionarios públicos, de policías sobrevivientes, nativos involucrados, así como por la gran cantidad de documentos relacionados con el operativo de desalojo.

Sin embargo, es útil y pertinente señalar que los informes rubricados por los congresistas o representantes del poder ejecutivo que formaron parte del gobierno aprista jamás iban a encontrar responsabilidad política y penal en los altos funcionarios afines a García. Fueron las comisiones que elaboraron los informes en Minoría las que dan cuenta de cómo se dieron los hechos, cuál fue la respuesta del Estado frente al paro amazónico, el planeamiento y ejecución del operativo, así como las consecuencias del desalojo de los manifestantes de las comunidades indígenas. En tal sentido se conformaron:

La Comisión investigadora del Congreso: se emitieron tres informes en Minoría. La de Guido Lombardi Elías, Víctor Isla y Luis Humberto Falla. El Informe en mayoría fue suscrito por Martha Moyano, Eduardo Espinoza y Juan Perry.

La Comisión investigadora del Poder Ejecutivo: el Informe en mayoría lo rubricaron Pilar Mazzetti, Susana Pinilla, Walter Gutiérrez y Ricardo Álvarez. Mientras que el Informe en Minoría fue suscrito por la hermana María del Carmen Gómez Calleja y el representante indígena Jesús Manacés.

Revisemos sus coincidencias y divergencias más importantes sobre los hechos.

1.- Sobre el acuerdo para el retiro de los lugares de protesta

Según los informes Lombardi, Isla, Manacés y Moyano, establecen que el general Javier Uribe Altamirano fue informado del retiro voluntario de los manifestantes. Sin embargo, los informes de Mazzetti y de los legisladores apristas niegan la existencia de dicho acuerdo.

Lo que se puede inferir razonablemente, es que de haberse mantenido a Javier Uribe en el comando de operaciones en la zona de conflicto, otra quizás hubiese sido la historia, ya que la posibilidad de un retiro pacífico de los lugares de protesta se esfumó con la llegada de Luis Muguruza Delgado, quien no tenía la misión de negociar un retiro sino de ejecutar la orden de desalojo. Lamentablemente Javier Uribe no hizo nada para impedirlo y cumplió a rajatabla una orden que sabía perfectamente vulneraban los derechos humanos de los manifestantes indígenas. Poco o nada le importó las disposiciones contenidas en su Manual de Derechos Humanos aplicado a la función policial, que impide usar armas letales para controlar disturbios pacíficos.

2.- Sobre el encuentro de policías y nativos en "La curva del diablo"

Los informes Lombardi, Isla y Manacés, concluyeron que un grupo de policías ubicados en la cima del cerro fue rodeado firme, pero a la vez pacíficamente, por un grupo de manifestantes indígenas. Al verse arrinconados, algunos efectivos policiales dispararon al cuerpo de los indígenas produciéndose los primeros heridos. En ese contexto, con la finalidad de evitar un enfrentamiento mayúsculo, el líder Santiago Manuín Valera se acercó a negociar con los policías y recibió un disparo que lo dejó gravemente herido, perdiendo la conciencia. Ante tal situación y al darlo por muerto, los manifestantes arremetieron contra los policías.

Sin embargo, los informes Mazzetti, Moyano y del partido aprista, concluyen que los manifestantes indígenas emboscaron a la policía, los atacaron y que por tanto los efectivos se vieron en la necesidad de repeler el ataque en defensa propia. Además refieren que los nativos los atacaron con piedras, objetos contundentes y armas diversas. Ante aquel ataque, la policía habría ejecutado "disparos disuasivos" que generó una confusión general, y que es en ese contexto que caen los primeros heridos y que finalmente los policías solamente usaron armas de perdigones (nada creíble por cierto).

3.- Los sucesos en la estación N° 06 de Petro-Perú

Los Informes Lombardi, Isla, Moyano, del partido aprista, Mazzetti y Manacés, son uniformes en señalar que la reacción de los indígenas en la Estación N° 06 es consecuencia lógica de lo sucedido en "La curva del diablo".

El desalojo a sangre y fuego en "La curva del diablo" constituyó el rompimiento de un "pacto de no agresión" que mantenían los manifestantes con los miembros de la policía nacional al interior de la Estación N° 06.

La muerte de los 9 efectivos policiales se produce como consecuencia del desborde de las masas, desconocen el liderazgo de sus propios dirigentes. Una vez tomado el control de la Estación N° 6, un grupo de nativos se llevan a los policías con dirección al cerro y los eliminaron.

¿Cuántos procesos penales se encuentran pendientes de resolver por el Poder Judicial?

Como consecuencia de los sucesos de ese 5 de junio se instauraron varios procesos penales. Sin embargo, los que aún no tienen sentencia son 04:

1. "La Curva del Diablo", seguido contra 53 acusados entre mestizos e indígenas. La Fiscalía Superior formuló acusación por los delitos de Homicidio Calificado, Lesiones Graves, atentados contra los medios de Transporte de Servicios Públicos, Motín, Disturbios, Tenencia Ilegal de Armas y arrebato de Armamento o municiones de uso oficial en agravio de 30 personas (12 fallecidos y 18 heridos). Para este caso, la Fiscalía ha solicitado se les impongan penas que van hasta la de cadena perpetua para 08 personas entre líderes y autores directos. Se encuentra en juicio oral desde mayo del 2014.

2. "Estación N° 06 de Petro-Perú", seguido contra 26 acusados, todos indígenas, por la comisión de los delitos de Secuestro Agravado, Extorsión, Disturbios y Arrebato de armas y municiones de uso oficial, en agravio de 38 efectivos de la policía nacional (09 muertos y 29 heridos). El Fiscal Superior aún no emite Dictamen Acusatorio o de Archivamiento del caso.

3. "Mayor Bazán", seguido contra 04 procesados entre indígenas y mestizos, por la comisión de los delitos de Secuestro, Homicidio Calificado y Disturbios en agravio de Felipe Bazán Soles.

4. "Generales de la PNP", seguido contra 07 efectivos policiales y una civil por la comisión de los delitos de Homicidio Calificado, Lesiones Graves, Lesiones Leves y Encubrimiento Real en agravio de 22 personas entre mestizos e indígenas. La Fiscalía Superior aún no emite Dictamen Acusatorio o de Archivamiento.

EL JUICO ORAL POR LOS SUCESOS EN LA "CURVA DEL DIABLO"

La Fiscalía Superior de Bagua acusó a 53 personas, entre líderes y miembros de las comunidades indígenas, así como a un grupo de mestizos, por la muerte de 12 policías y lesiones de otros 18.

A los acusados se les imputa la comisión de 8 delitos descritos anteriormente. Y es por el delito de arrebato de armas de uso oficial agravado  que la Fiscalía solicita para 6 líderes (Segundo Alberto Pizango Chota, Joel Shimpukat Atsasua, Leo Timias Tananta, Santiago Manuín Valera, Héctor Orlando Requejo Longinote y José Gilberto Chale Romero) además de 2 indígenas (Feliciano Cahuasa Rolín y Danny López Shawith), la pena de cadena perpetua.

Llama poderosamente la atención que el Fiscal Superior sostenga que los policías realizaron el desalojo de los manifestantes utilizando únicamente gases lacrimógenos. Esta primera premisa fáctica ha sido desvirtuada por los propios policías sobrevivientes, quienes han sostenido que emplearon armas letales de largo alcance (FAL y AKM) para desalojar a los manifestantes.

La segunda falsa premisa del Ministerio Público se sustenta en el hecho de que en la madrugada del día 5 de junio del 2009 llegaron al cerro de “La curva del diablo" 5 mil indígenas y que ese mismo día fueron desalojados. Lo cierto es que no existe una cifra oficial del total de manifestantes que había en ese sector.

La imputación contra los líderes

Según la acusación fiscal, los máximos representantes indígenas y un dirigente mestizo tienen la calidad de "instigadores" de los delitos investigados. Entendiendo como "instigación" a la conducta por la que una persona hace surgir en el autor la decisión de realizar un delito doloso concreto.

La imputación contra los autores directos

Para la Fiscalía, 44 acusados entre indígenas y mestizos, resultan ser autores directos o inmediatos de todos o algunos de los 8 delitos que contiene su acusación.

¿Durante el Juicio Oral, la Fiscalía ha logrado probar sus imputaciones?

El desarrollo del juicio Oral que se inició el 14 de mayo del año pasado ha permitido establecer con claridad que no existen pruebas sólidas y concretas que permitan vincular a los acusados con los delitos. La Fiscalía ha visto que sus tesis es débil. Veamos:

1.- Según las declaraciones brindadas por los acusados, apoyados por intérpretes awajún-wampís, así como por las versiones testimoniales de diferentes agraviados (policías y otros funcionarios públicos que estuvieron en los lugares de protesta), se ha podido demostrar que los acusados no han sido las personas que atentaron contra la integridad física de los policías, que no fueron los que atacaron los bienes públicos (camionetas de la Fiscalía, ambulancia y del cuerpo general de bomberos), y menos que fueron los que bloquearon las carreteras.

2.- Habiéndose demostrado que la causa de muerte de los efectivos policiales fue a consecuencia de disparos de armas de fuego (PAF), éstas no pueden ser imputadas o atribuidas a los acusados ya que existe una prueba de Absorción Atómica que demuestra que en las palmas de las manos de los manifestantes no existieron restos de plomo, bario y antimonio; es decir, nunca les dispararon.

3,- Los testimonios de los policías sobrevivientes que pudieron acudir al juicio oral, dan cuenta de que los indígenas no tenían armas de fuego, que siempre los vieron con lanzas. Que los que se enfrentaron a los policías y ocasionaron disturbios era un grupo de gente infiltrada, distintos a los acusados.

4.- Que la gran mayoría de los acusados, sobre todo los miembros de las comunidades indígenas, durante su detención fueron objeto de actos de tortura que atentaron contra sus derechos humanos.

5.- Que los acusados, luego de ser detenidos, fueron llevados al cuartel militar de "El Milagro" o a la SEINCRI de Bagua Grande, y en esos lugares brindaron sus declaraciones sin la presencia de intérpretes que les permitan expresarse en sus lenguas awajúm y wampís. Tampoco fueron asesorados por abogados de su libre elección.

6.- Los acusados indígenas han señalado que durante sus manifestaciones preliminares, los efectivos policiales les preguntaban por algunos líderes indígenas y que les obligaron a firmar bajo presión.

¿Cómo debería concluir el juicio oral?

Con una sentencia absolutoria. Sería muy cuestionable para el sistema de justicia condenar a los acusados a sabiendas de que no existen pruebas plenas contra ellos. La inocencia de los acusados en todos los delitos materia de acusación, va más allá de toda duda razonable.

Por lo demás, consideramos que sería un pésimo precedente para los casos de criminalización de las protestas sociales -el "Baguazo" es el más emblemático"-, que la Sala Penal de Apelaciones y Liquidadora Transitoria de Bagua presidida por el magistrado Gonzalo Zabarburú Saavedra, por "congraciarse" con la política peruana o sucumbiendo a la presión mediática, emita una sentencia condenatoria contra los acusados por el delito de Disturbios o entorpecimiento de los servicios públicos.

¿Aún queda alguien en prisión?

A 6 años de los sucesos ocurridos en Bagua, es Juan Ramón Cruz Cotrina el único mestizo que se encuentra recluido en el establecimiento penal "San Humberto" en Bagua Grande. Contra él pesa la imputación de ser el autor de varios disparos que le habrían ocasionado la muerte al Mayor PNP Felipe Bazán.

El encierro de Juan Ramón Cruz es –no cabe duda–, uno de los casos donde se demuestra una alta irresponsabilidad del Poder Judicial. ¿Por qué decimos eso? Veamos:

1.- Juan Ramón es fármaco-dependiente comprobado. Fue detenido el 5 de junio del 2009 en Bagua Grande, acusado de ocasionar disturbios y colaborar con los manifestantes indígenas.

2.- Antes de que su proceso sea archivado y obtener su libertad, debido al consumo compulsivo de drogas, se auto-inculpa de haber asesinado al mayor PNP Felipe Bazán. Su versión fue delirante e irreal. Señaló que llegó a la cima de "La curva del diablo" y se encontró con el Mayor Bazán, a quien sin mediar palabra alguna con su propia arma que estaba "tirada por ahí" le descerrajó 3 tiros en la cara y 3 en el pecho y luego se retiró del lugar.

3. Esta febril autoinculpación nunca fue tomada en cuenta por los fiscales de la época y luego de brindar una declaración aclaratoria, obtiene su libertad.

4.- Sin embargo, durante los primeros meses del 2013, un nuevo fiscal "encuentra" su declaración inicial y formaliza denuncia contra él por el delito de Homicidio Calificado. El Juez le abre proceso con mandato de detención y dispone su inmediata ubicación y captura. Lamentablemente para él, en abril del 2013 fue detenido en Chiclayo.

5.- Ningún Juez quiere variarle el mandato de detención por el de comparecencia, a pesar que en el expediente existen: a) fotos y videos donde se observa al Mayor Bazán bajando del cerro de "La curva del diablo" sin ninguna herida de bala en la cara ni en el pecho; b) una segunda declaración donde se rectifica de su inicial autoinculpación; c) documentos que acreditan no solo el consumo de drogas, sino también que estuvo internado en un centro de rehabilitación para fármaco-dependientes en lde Chiclayo y e) tener un trabajo conocido y arraigo familiar.

¿Aún quedan indígenas perseguidos por la justicia?

Lamentablemente es una cruda realidad. Por los sucesos de la Estación N° 06 de Petro-Perú, sobre 4 líderes de las comunidades indígenas pesa a la fecha una orden de captura. Los magistrados de Amazonas tampoco les quieren variar el mandato de detención por el de comparecencia argumentando que "persisten elementos de convicción en su contra".

Lo cierto es que conforme se desprende del Auto de Apertura de Instrucción, ningún policía sobreviviente los sindica como las personas  que ordenaron dar muerte a los efectivos policiales. Además, existe el testimonio del Ingeniero Miguel Urizar, ex gerente de Petro-Perú, quien con absoluta certeza ha declarado ante el Poder Judicial que estos líderes no tuvieron nada que ver con las lesiones y muertes de los policías. En todo caso, dice Urizar que fueron una masa indígena descontrolada los que ingresaron a la estación de Petro-Perú, atacaron a los líderes (entre ellos los requisitoriados) y luego se los llevaron con dirección al cerro para ultimarlos.

Los olvidados

Casi nadie se acuerda de las víctimas civiles del Baguazo. Según el expediente judicial, son 22 personas entre muertos y heridos las que fueron alcanzadas por las balas disparadas por los efectivos policiales, tanto en el cerro de "La curva del diablo" como en la ciudad de Bagua Grande.

Estas personas siguen esperando que se inicie el juicio oral contra 07 oficiales de la PNP. No buscan venganza, buscan justicia y reivindicación.

Fuente: IDL/Justicia Viva

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