Es Noticia, Alberto Fujimori pide nuevo juicio por Barrios Altos y la Cantuta - 08/07/2015 16:13:28
" Alberto Fujimori, pidió que se declare nula la sentencia de 25 años dictada en su contra por los casos de Barrios altos y la Cantuta.En audiencia judicial realizada en la sede de la Dinoes, el exmandatario solicito mediante un recurso de hábeas corpus, que el Tribunal Constitucional ordene un nuevo juicio, tras cuestionar la sentencia que le impuso la sala presidida por el juez Cesar San Martín.
Justamente, uno de los argumentos esgrimidos por Fujimori para dejar sin efecto la condena, está la supuesta parcialidad de San Martín durante el proceso. El expresidente se refirió a los correos electrónicos que intercambiaron César San Martín y el abogado Gonzalo del Río, en los que, a su juicio, evidencian que no se respetó la presunción de inocencia ni se cumplió con la imparcialidad del juzgador.
En tal sentido, calificó como una "trasgresión grosera e irrespetuosa de los principios de la presunción de inocencia", la manera en que se llevó el proceso judicial.
También mencionó que en su pedido de extradición solicitado a Chile no se especificó el delito de lesa humanidad y que así se habría violado el debido proceso.
Hacia el final de su exposición apeló, de modo enfático, a los logros de su gobierno en la lucha contra el terrorismo. "Fui el presidente de la pacificación, algo que muchos consideraban difícil de alcanzar. Yo asumí ese rol y el Perú consiguió la paz", manifestó visiblemente emocionado.
"Por todas estas consideraciones (…) solicito se declare nula y si ningún efecto la sentencia de la sala presidida por César San Martín (…) y además que se ordene un nuevo juicio por un tribunal imparcial", finalizó.
Fuente: RRP
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Noticia, Fiscalía apeló hábeas corpus que favoreció a Nadine Heredia - 12/06/2015 15:43:24
" El Ministerio Público presentó la apelación contra el hábeas corpus que presentó Nadine Heredia, y que anuló parte de la investigación que se le sigue por el presunto delito de lavado de activos.La apelación fue presentada por el procurador del Ministerio Público, Aurelio Bazán Lora. El recurso deberá ser resuelto por una sala penal superior para reos libres, que aún está por definirse.
El fiscal César Rojas es el que está a cargo de las indagaciones a las cuentas de la esposa del presidente Ollanta Humala.
En tanto, Aníbal Quiroga, abogado de Nadine Heredia, indicó a este diario que la apelación debe ser resuelta a más tardar a fines de julio próximo. "En estos casos los plazos son relativamente cortos. La apelación debe definirse en los últimos días del mes de julio", dijo.
Si la sala decide revocar la resolución judicial que favoreció a Nadine Heredia, la defensa podría acudir hasta el Tribunal Constitucional como última instancia, para que no prospere la investigación.
Fuente: Perú21
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Interesante, Martin Belaunde intenta anular detención domiciliaria en Bolivia - 21/05/2015 14:39:38
" La defensa legal del empresario Martín Belaunde Lossio presentó un hábeas corpus ante el Tribunal Constitucional de Bolivia, para anular la detención domiciliaria que pesa sobre él desde el 21 de enero último y que fue ampliado hasta el momento que sea extraditado al nuestro país.La respuesta del Tribunal Constitucional de Bolivia a este nuevo pedido de Belaunde Lossio se conocerá en las próximas horas. El recurso no procederá, porque el Tribunal Supremo de Justicia boliviano amplió su arresto domiciliario hasta que sea entregado a las autoridades peruanos.
El Tribunal Supremo de Justicia autorizó la extradición del empresario acusado el Perú de ser parte de la cúpula de la presunta red de corrupción del encarcelado ex presidente regional de Áncash César Álvarez.
Fuente: El Comercio
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Información: Dictan criterios para labor de empresas tercerizadoras - 12/03/2015 22:54:41
"El Tribunal Constitucional (TC) dictó diversos criterios sobre la desnaturalización de la tercerización de servicios, mediante la STC Nº 05035-2013-PA/TC.En ese contexto, el máximo colegiado determinó que cuando una empresa principal contrata a una tercerizadora, manteniendo el poder de dirección sobre los trabajadores, y los servicios se prestan con los bienes y recursos de la empresa principal, y a cuenta y riesgo de esta última, resulta evidente que dicha contratación resulta incompatible con la Constitución.
Por lo tanto, concluye que el trabajador de la empresa tercerizadora debe ser considerado trabajador de la empresa principal, según da cuenta un informe laboral del Estudio Miranda & Amado Abogados.
Los hechos
De acuerdo con el expediente, una empresa principal contrató a una empresa de servicios de tercerización para que realice las actividades de limpieza y lavandería de oficinas, muebles, guardapolvos, artículos de dormitorio y otros enseres de sus ambientes.
En este caso, también, uno de los trabajadores de la empresa tercerizadora, que previamente había laborado para al empresa principal, recibía de esta última sus herramientas de trabajo. Mientras que la Unidad de Medicina Ocupacional de la empresa principal le había expedido las constancias de sus exámenes médicos anuales, las tarjetas de sus evaluaciones médicas y el informe de su examen vacacional.
Otro aspecto relevante lo constituyó las inspecciones laborales que habían verificado, en más de una oportunidad, como la empresa principal proporcionaba los equipos de protección de personal a los trabajadores de la tercerizadora, que los servicios se brindaban con maquinaria de la empresa principal, y que los procedimientos que regulaban el desarrollo de estos servicios habían sido elaborados por esta última.
Por todos estos hechos, para el TC quedaba demostrada la existencia de un desplazamiento meramente formal del trabajador de una empresa a otra, lo cual ,a su vez, acreditaba la desnaturalización del contrato de tercerización del contrato de tercerización celebrado en análisis.
Justificación
Para argumentar su decisión, el TC recalcó los criterios de la STC Nº 02111-2010-PA/TC.
En esta, se refiere que cuando una empresa (principal) subcontrata a otra (tercerizadora), pero sigue manteniendo aquella el poder de dirección sobre los trabajadores, y la función o actividad tercerizada se sigue realizando en los ambientes de la empresa principal y con los bienes y recursos de esta, y a su cuenta y riesgo, resulta evidente que dicha subcontratación resulta incompatible con nuestra Constitución.
Añade también que al margen de lo establecido en la ley de la materia, una operación (subcontratación fraudulenta) que no tiene otro fin que el aumento de las ganancias empresariales, a costa de la ilegitima disminución de los derechos de los trabajadores (y no mediante la búsqueda real de la eficiencia empresarial), se encuentra completamente vedada.
Audiencia pública
El pleno del Tribunal Constitucional (TC) sesionó en audiencia pública y dejó al voto 59 procesos constitucionales, entre procesos de amparo, hábeas corpus y hábeas data. La sesión estuvo presidida por el magistrado Óscar Urviola, junto a Manuel Miranda Canales, Ernesto Blume Fortini, Carlos Ramos, José Luis Sardón, Marianella Ledesma y Eloy Espinosa-Saldaña.
Datos
En el caso resuelto, el TC decidió que las empresas emplazadas deberán asumir los costos y costas del proceso, los cuales deberán ser liquidados durante la etapa de ejecución del fallo.
El colegiado ordena a la empresa demandada la reposición del trabajador en el cargo que venía desempeñando o en otro de similar categoría o nivel, en el plazo de días.
Diario El Peruano (12/03/2015)
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