viernes, 15 de abril de 2016

Confirman condenas por defraudación por el Policlínico Arbos y Ceviche mixto de lenguado y cangrejos bebes fue el ganador del festival

Qué Opinas? Confirman condenas por defraudación por el Policlínico Arbos 03/02/2016

La Cámara Federal de Casación Penal ratificó las penas contra el ex intendente de Bariloche, Omar Goye, y otros tres sindicalistas por la defraudación de dos millones de pesos/dólares destinados al Policlínico Sindical Arbos, en 1999. Se trata del primer caso en el que la Oficina Anticorrupción (OA)...

Compartelo, Ceviche mixto de lenguado y cangrejos bebes fue el ganador del festival 27/03/2016

El ceviche mixto elaborado a base de lenguado fresco, cangrejos bebes, calamares, pulpo acompañado de una salsa de rocoto molido a batan y leche de tigre con chifle y chicharrón de pescado, fue el ganador de la final del festival del ceviche celebrado ayer a orillas de la playa Arica. Fue Rosa María Osorio Morales […]

Misión imposible y Daniel Abugattás considera que los apristas "son como el ébola" (VIDEO)
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miércoles, 13 de abril de 2016

El 'Caçador' de Avionics Services realiza su primer vuelo oficial y El lover boy: un proxeneta de nueva generación

Es Noticia, El 'Caçador' de Avionics Services realiza su primer vuelo oficial 11/04/2016

La empresa brasileña Avionics Services, en colaboración con la israelí IAI, anunció durante la feria aeronáutica de Chile, Fidae 2016, que el Caçador, un RPAS tipo MALE de construcción brasileña basado en el Heron israelí, ya ha realizado su primer vuelo oficial. El nuevo RPAS despegó a mediados de febrero de este año...

Interesante, El lover boy: un proxeneta de nueva generación 18/02/2016

Crossed Fingers II

“Nihil novum sub sole”

El llamado “Lover Boy” es un proxeneta de nueva generación, que actúa como un verdadero predador sexual con el objetivo de obtener dinero fácil, utilizando el ardid de seducir a mujeres convirtiéndose en un falso novio de las mismas para, posteriormente, explotarlas sexualmente.

I. EL MÉTODO “LOVER BOY”

El método 'lover boy' no es una técnica nueva en el mundillo de la delincuencia profesional, pues esta modalidad de estafador de los sentimientos amorosos ya está presente en Tratados de Criminologías de los años 50 del pasado siglo, concretamente, en la obra de Seelig, donde aparece catalogado como un delincuente profesional refractario al mundo del trabajo, en el tipo especial de los rufianes. Este método se basa en el enamoramiento por jóvenes apuestos y con ciertas dotes seductoras, de mujeres, generalmente chicas de entre 15 y 17 años, muchas de ellas con baja autoestima y con pocos amigos, de clases sociales desfavorecidas, con escaso nivel cultural y con abundantes cargas familiares, vulnerables a nivel emocional. Tras conseguir enamorarlas las invitan a viajar a un país extranjero con falsas promesas de un futuro en común, donde finalmente las obligan a prostituirse. Cuando la chica descubre que nada es lo que parece y que su novio  es un tratante de mujeres y ella una víctima, que ha sido captada mediante el truco del falso enamoramiento,  ya está atrapada en el negocio de la explotación sexual y su futuro es desolador.

El reclutador suele ser un tipo carismático y de buena presencia física, que se acerca a la víctima actuando como si estuviera interesado en mantener una relación sentimental con ella; poco a poco se gana su confianza y la de su familia, llegando a convertirse en su novio formal. Después le propone que viajen juntos a otro país con la excusa de unas vacaciones o para trabajar en la búsqueda de un futuro mejor que el que le puede deparar su país de origen. La víctima, ante las buenas expectativas, y cegada por el amor que profesa a su falso novio renuncia a toda su vida y  acepta desplazarse a ese otro país en busca de ese futuro mejor.

Los reclutadores planean esta estrategia paciente y sistemáticamente -es su negocio-, pues esperan hasta el momento en que la chica se ha convertido en completamente dependiente de ellos, mientras tanto fortalecen era relación sentimental con todo tipo de regalos y obsequios, haciéndolas creer que disponen de mucho dinero, hasta lograr que corten relaciones con su familia, sus amigos y sus conocidos. Las víctimas de este tipo de engaño acaban completamente aisladas y absolutamente dependientes de sus falsos novios. La decisión que toman las víctimas de unirse a sus falsos novios no es a la ligera, ni mucho menos, pues en muchos casos, la relación ficticia se prolonga más de dos años, desde que el tratante entra en el círculo de la menor hasta que ella cumple 18 años y él le propone, en ese momento, un proyecto de vida juntos. Los tratantes no siente ningún tipo de remordimiento por acercarse a las chicas, flirtear con ellas y más tarde condenarlas a un futuro desesperanzador; de hecho, su capacidad y su disposición para llevar a cabo esta clase de acciones va aumentando con el paso del tiempo, porque cada día se profesionalizan más y aumenta su potencial a la hora de contactar con nuevas víctimas.

Una vez en el país de destino el embaucador le informa a su víctima  que se ha quedado sin dinero y que la única salida es que ella se prostituya, asegurándola que es por el bien de la pareja y que la seguirá queriendo como siempre. Utilizando esa  promesa de romance e incluso matrimonio -un verdadero lavado de cerebro- la inicia en la explotación sexual camuflada de prostitución por consentimiento, así de sencillo, utilizando la manipulación como principal arma. Con este ardid de la supuesta relación sentimental el “lover boy” embauca a mujeres jóvenes para ejercer la prostitución, pasando de ser su "novio" en apariencia a su "chulo" en la realidad, que utilizando la sutileza de la dependencia emocional vive de su chica, a la que explota sexualmente de una forma consensuada. Es decir, es una modalidad de explotación sexual que no tiene ni que forzar a las víctimas.

Ahora bien, hay otra veces, que el falso novio no ejerza de proxeneta él directamente, sino que su negocio lo hace, cediendo a su enamorada novia a una red de explotación sexual la  cual acaba en el mercado del sexo, como una esclava más de este criminal negocio que es la trata de seres humanos, uno de los más lucrativos, junto al tráfico de droga y de armas. Estas mujeres son encerradas en Clubes de alterne y sometidas a todo tipo de violencia hasta doblegar su voluntad; sin teléfono, sin pasaporte, sin nadie a quien pedir ayuda, en un lugar desconocido de un país extranjero, cuyo idioma no entienden, se ven sin alternativa alguna para salir de ese infierno en el que les ha metido alguien en el que confiaban y del que estaban enamoradas, por esta razón, la carga emocional que tiene este tipo de captación es para la mujer una situación muy complicada; ella pensaba que era una relación real, un compromiso auténtico de vida en común. Después de aceptar el costoso proyecto de emigrar y empezar una vida con una persona de la que te has enamorado, descubrir esa traición tan brutal, conlleva un desgarro emocional  tremendo. Si a todas las víctimas de trata les supone una quiebra de confianza sobre quien las ha engañado, cuando este engaño viene de alguien así de cercano -el falso novio- al que has confiado tus sentimientos, es mucho más duro aun.

II. EL TRATAMIENTO PUNITIVO DEL “LOVER BOY“

El “Lover Boy” es un auténtico tratante de mujeres para su explotación sexual, cuya conducta está tipificada penalmente en el artículo 177 bis) del Código penal, que introdujo Ley orgánica 5/2010, de 22 de junio, de modificación del Código Penal, incorporando  el denominado delito de trata, dándole autonomía con respecto al delito de tráfico de personas del artículo 318 bis) del Código penal. El delito de trata ha vuelto a ser modificado en la última reforma del CP., llevada a cabo por la Ley orgánica 1/2015. Este delito contiene una serie de conductas que tienen como objetivo la explotación de otra persona, siendo una versión moderna de la esclavitud del Siglo XIX, por cierto, mucho más rentable. En concreto, son conductas que constituyen la trata de seres humanos para la explotación sexual, entre otras, el inducir a una persona a trasladarse de su lugar de origen al lugar de destino donde va a ser explotada sexualmente, mediante falsas promesas de relaciones sentimentales o persuadiéndola de que va a mejorar su nivel de vida y ocultando el fin de explotación sexual, la violencia física, la amenaza o la coacción a la persona traficada o a sus personas allegadas, el pago o intercambio de cualquier beneficio económico a quien tenga autoridad sobre la víctima de la trata, aprovechando su situación de pobreza severa o su particular vulnerabilidad por edad, minusvalía psíquica, desarraigo o cualquier otra circunstancia análoga. Es decir, las conductas típicas que realizan los “lover boys” en su estrategia de captación de mujeres.

Es suficiente con una sola conducta de las descritas para incurrir en este delito, ya que habitualmente las organizaciones criminales que han hecho un negocio con la trata tienen distribuidas distintas funciones escalonadas entre sus miembros (unos captan, otros financian, otros transportan,...), aunque quien realice tal conducta, para ser sancionado, tiene que conocer que está colaborando en la trata de seres humanos. Son,  precisamente, estas conductas escalonadas las que dificultan la persecución de este delito y favorece la in­visibilidad del fenómeno en las sociedades receptoras de las víctimas de la trata. Además, esa dificultad crece por la dinámica de la investigación de este delito, que se hace recaer sobre las propias víctimas y sus declaraciones, cuya colaboración es difícil de obtener, pues es complicado que las víctimas denuncien, pues al haber estado el captador en su entorno más cercano, las puede coaccionar con su familia. La pena para este delito de trata de seres humanos es de  cinco a ocho años.



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martes, 12 de abril de 2016

Guinea Bissau y Venezuela suscriben acuerdo de cooperación militar y El juez archiva la querella por prevaricación interpuesta contra un concejal de Pamplona

Revísalo, Guinea Bissau y Venezuela suscriben acuerdo de cooperación militar 08/04/2016

La República de Guinea Bissau y Venezuela suscribieron en Caracas, el pasado 4 de abril, un acuerdo de cooperación bilateral en materia de educación militar. La firma se dio durante la presencia en Venezuela de la ministra de Defensa Nacional de esa nación africana, Adiatu Djalo Nandigna, quien fue recibida por el ministro del Poder Popular para la Defensa y...

Revísalo, El juez archiva la querella por prevaricación interpuesta contra un concejal de Pamplona 08/04/2016

El titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Pamplona ha archivado la querella interpuesta contra el concejal del Ayuntamiento de Pamplona Joxe Martín Abaurrea, así como contra dos responsables municipales, por un delito de prevaricación administrativa, por la denegación de una licencia de apertura de un bar en el Casco Viejo de la capital navarra que contaba con informes técnicos favorables.

En el auto, que puede ser recurrido, juez sostiene que “no existen indicios suficientes” para afirmar que la actuación de los querellados tuviera por objeto perjudicar al solicitante de la licencia con “una actuación arbitraria y completamente contraria a derecho a sabiendas, único supuesto en el que cabría hablar de un delito de prevaricación”.

Al respecto, el magistrado relata que, “aun cuando inicialmente podría considerarse cuando menos sospechosa la actuación del Secretario General Técnico del Área de Urbanismo del Ayuntamiento de Pamplona” de no firmar la propuesta que se le realizó desde el Área el 11 de agosto de 2015 tras los informes técnicos y jurídicos emitidos, lo que provocó la denegación de la licencia, “lo cierto es que no puede considerarse que fuera absolutamente injustificada y arbitraria y estuviera presidida por la idea de perjudicar los derechos de la entidad querellante”.

Este expediente, según expone el juez, pasó por varias vicisitudes, por problemas con la salida de humos y con la chimenea, por lo que “no puede reputarse manifiestamente arbitraria la decisión del Secretario General Técnico de no firmar la propuesta y tratar el tema con el Director del Área, quien optó por reclamar más información antes de dar el visto bueno a la propuesta de los técnicos.

Resalta el magistrado que “lo normal” es que la inmensa mayoría de las propuestas elevadas a los órganos directivos y al concejal por parte de los funcionarios y órganos técnicos sean ratificadas el mismo día o al día siguiente. Sin embargo, apostilla el juez, en ocasiones dicha aceptación se ha producido pasado un tiempo y, “aunque ciertamente es muy excepcional”, a veces las propuestas de los órganos municipales se han rechazado, “sin que ello implique, por sí solo, que dichos rechazos sean constitutivos de un delito de prevaricación”.

Por último, el magistrado asegura que “no se ha constatado la existencia de ningún interés personal o político en rechazar la propuesta de otorgamiento de licencia a la entidad querellante”, puesto que hay, en principio, causas que pueden explicar la decisión del Secretario General Técnico, ratificada luego por el Director del área de no firmar la concesión de licencia realizada por los servicios municipales.



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lunes, 11 de abril de 2016

La defensa pública de las víctimas del conflicto armado interno, realidad que no puede detenerse y

La defensa pública de las víctimas del conflicto armado interno, realidad que no puede detenerse 2015-10-13 11:35:54

cvr_ojoquellora LA DEFENSA PÚBLICA DE LAS VÍCTIMAS DEL CAI,
REALIDAD QUE NO PUEDE DETENERSE

Por Milton Campos Castillo (*)

De conocimiento público es que durante las 02 décadas comprendidas entre los años 1980 al 2000 en el Perú sufrimos irrepetiblemente un conflicto armado interno – CAI. La Comisión de la Verdad y Reconciliación del Perú – CVR (1)  sostiene, en su informe final, que este conflicto fue iniciado por el "Partido Comunista del Perú – Sendero Luminoso (PCP-SL)" que se declaró en guerra contra el Estado. Luego se sumó el Movimiento Revolucionario Túpac Amaru (MRTA), que inició sus acciones armadas formalmente en el año 1984 (2),  accionar subversivo y condenable, desde todo punto de vista, que obtuvo como respuesta inicial de las Fuerzas Armadas una estrategia de represión indiscriminada contra la población considerada sospechosa de pertenecer a las agrupaciones subversivas y, en un segundo momento, esa estrategia se hizo más selectiva, aunque continuó posibilitando graves violaciones a los derechos humanos.

Dicho conflicto constituyó el episodio de violencia más extenso e intenso de toda la historia de la República, teniendo como costo repudiable la vida de cerca de 70,000 peruanas y peruanos aproximadamente. De esta cantidad, más del 40% tuvo su desenlace en Ayacucho y el 75% de las víctimas tenían el quechua u otras lenguas nativas como idioma materno (3).  En este período se cometieron muy graves violaciones a los derechos humanos y delitos de Lesa Humanidad como Ejecuciones Extrajudiciales, Genocidio, Tortura, Desapariciones Forzadas, Detenciones Arbitrarias, Violencia Sexual, Asesinatos masivos, etc., que todavía no han sido investigados y menos sancionados.

Desde el año 2004, progresivamente el Estado peruano ha venido  implementando un subsistema penal en el Poder Judicial y en el Ministerio Público. Empero, hasta el año 2013, en el Perú ninguna víctima del conflicto armado interno podía acceder a un patrocinio legal público o estatal pese a que la Defensoría del Pueblo venía insistiendo con su recomendación al Estado para que otorgue una defensa legal a las desamparadas víctimas del CAI (4) .

Vale decir que el patrocinio de las víctimas de muy graves violaciones a los derechos humanos y delitos de Lesa Humanidad requieren necesariamente de una especialización y manejo de temática específica como el Derecho Internacional de los derechos Humanos y Derechos Internacional Humanitario, con avocamiento exclusivo, recursos económicos adecuados para la intervención, el manejo del idioma quechua y el trabajo interdisciplinario con psicólogas, trabajadores sociales, antropólogos, forenses, etc.

De las investigaciones que se encuentran en el Ministerio Público, en menos del 10 % las víctimas y sus familiares involucradas cuentan con un patrocinio que viene siendo brindado (en su mayoría) por organismos de Derechos Humanos como Paz y Esperanza, APRODEH, COMISEDH y ANFASEP, lo que significa que un 90 % no cuenta con un patrocinio legal.

Resulta un buen paso, pero tardío, la implementación que viene desarrollando el Ministerio de Justicia (5)  desde el 2014 inicialmente de 03 defensores públicos que se ocupen de la defensa de las víctimas del CAI en 03 regiones como Ayacucho, Apurímac y Huancavelica. Significa que la región Ayacucho con 11 provincias, donde se concentra cerca de la mitad de víctimas fatales del CAI, cuenta con un abogado que se ocupe del patrocinio de miles de víctimas y sus familiares y que también tiene labores de coordinación de la oficina de Defensa Pública en Ayacucho, lo que irremediablemente no constituye un incremento significativo del porcentaje de víctimas y sus familiares patrocinadas legalmente en esta región.

En todas las regiones del Perú, excepto Lima y Callao, se ha implementado el Nuevo Código Procesal Penal – NCPP y con esto la asignación de mayor cantidad de defensores públicos en los que ya se ha incorporado también a los defensores públicos de víctimas para atender casos de diversa índole. Empero, en regiones como Ayacucho, Huánuco, Junín, Huancavelica, Apurímac, Cusco y otras donde se ventilan investigaciones derivadas del CAI debe implementarse con mayor voluntad política y económica la designación no solo de defensores públicos para las víctimas del CAI sino también de equipos interdisciplinarios o multidisciplinarios que brinden un soporte técnico-especializado a estas víctimas que ya sufrieron antes la indiferencia del gobierno.

(*) Abogado de la Asociación Paz y Esperanza

 

Notas
  1. Creada en junio del 2001 por el presidente Valentín Paniagua, encargada principalmente de elaborar un informe sobre el conflicto armado interno peruano durante el periodo entre los años 1980-2000. El 28 de agosto del 2003 se hizo público su Informe Final.
  2. Informe Final de la CVR, Tomo I, pág. 60 y 67.
  3. Sexta Conclusión General de la Comisión de la Verdad y Reconciliación.
  4. Conflicto Armado Interno
  5. A través de su Dirección General de Defensa Pública y Acceso a la Justicia


César Hildebrandt advierte que el país va hacia un impasse social grave y Sector Construcción se expandió un 15.17% durante el 2012
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martes, 5 de abril de 2016

Inauguran en Massachusetts archivo sobre las luchas en EEUU a favor de la normalización de las relaciones con Cuba y Aprueban EIA del proyecto “Central térmica pacífico Sur” en Chilca

Revísalo, Inauguran en Massachusetts archivo sobre las luchas en EEUU a favor de la normalización de las relaciones con Cuba 04/04/2016

Solo un día después de la visita del Presidente Obama a Cuba, en una curiosa y feliz coincidencia, se inauguró oficialmente en la Universidad de Massachusetts en Boston el Archivo "Movimientos de apoyo a Cuba por la diáspora cubana en los Estados Unidos de América, Puerto Rico y en otros países del 1960s-1990s."

Compartelo, Aprueban EIA del proyecto "Central térmica pacífico Sur" en Chilca 27/03/2016

Con una inversión de US$ 205 millones . El Ministerio de Energía y Minas (MEM) aprobó el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto "Central Térmica Pacífico Sur", presentado por Luz del Sur S.A.A, para iniciar la construcción de una central térmica en el kilómetro 65 de la Panamericana Sur, en el distrito de Chilca, […]

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Gesti�n P�blica Peruana

sábado, 2 de abril de 2016

CNDDHH saluda decisión de Corte IDH en el caso “Chavín de Huántar” y García será denunciado por matanza de los penales tras revelador testimonio

CNDDHH saluda decisión de Corte IDH en el caso "Chavín de Huántar" 2015-07-01 16:03:05

Coordinadora Nacional de Derechos Humanos saluda decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso denominado "Chavin de Huántar"

La Coordinadora Nacional de Derechos Humanos, en representación de 78 instituciones que promueven los derechos fundamentales de la persona, ante el reciente fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante la Corte), sobre el caso  Eduardo Cruz Sánchez versus el Perú  sostiene lo siguiente:

1.- Que saluda la decisión de la Corte cuando señala que "El Estado es responsable por la violación del derecho a la vida, reconocido en el artículo 4.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en relación con el artículo 1.1 de la misma, en perjuicio de Eduardo Nicolás Cruz Sánchez".  Por esto mismo ordena al Estado peruano iniciar una investigación por la ejecución extrajudicial, en el presente caso.

2.- Que ve con satisfacción que la Corte haya reiterado su jurisprudencia respecto a la inadecuación de la jurisdicción militar para la investigación de hechos que pueden constituir violaciones a los derechos humanos. Tal como lo señala en sus acápites 384 al 387 la Comisión consideró que en el presente caso el "Estado peruano extralimitó la esfera de la justicia militar, en contravención de los parámetros de excepcionalidad y restricción que caracterizan a la jurisdicción penal castrense, y extendió la competencia del fuero militar a delitos que no tienen relación directa con la disciplina militar [,] como lo son las ejecuciones extrajudiciales".

3.- Que nos preocupan las declaraciones del Ministro de Justicia, Gustavo Adrianzén, quien afirmó, en conferencia de prensa, que la sentencia de la Corte permitiría que se investigue a los policías, Raúl Robles Reynoso y Marcial Torres Arteaga, al diplomático Hidetaka Ogura, así como a las instituciones (APRODEH, CEJIL)  por falso testimonio; cuando es claro que la Corte reconoce los testimonios dados sobre hechos que si sucedieron, y por los cuales "El Estado es responsable por la violación del derecho a la vida".

4.- Que tal como lo señaláramos en anteriores oportunidades, respaldamos esta sentencia de la Corte que afirma la vigencia del respeto a la vida de todos. Asimismo, consideramos que la Corte aclara la vigencia del Estado de Derecho que si bien, puede hacer uso de la fuerza en situaciones como es el caso del secuestro de personas, esta se debe llevar adelante  dentro de los marcos institucionales como el respeto de la vida de los sobrevivientes.

5.- Finalmente, saludamos que el Estado se haya comprometido a cumplir la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos como corresponde a una democracia y que los anuncios anteriores, en torno a una supuesta rebeldía o incumplimiento, hayan sido  dejados de lado.

Coordinadora Nacional de Derechos Humanos

30 de junio de 2015

García será denunciado por matanza de los penales tras revelador testimonio 2015-05-17 12:03:56

El mayor en retiro del Ejército que lideró "patrulla de eliminación" confiesa con lujo de detalles e incrimina directamente al expresidente de haber ordenado sangrienta masacre extrajudicial El abogado del Instituto de Defensa Legal (IDL), Carlos Rivera, aseveró que el Ministerio Público debe investigar al expresidente Alan García por las matanzas de El Frontón y Lurigancho, perpetradas el 18 y 19 de junio de 1986, con el importante testimonio del mayor en retiro del Ejército Peruano, José Francisco La Madrid Ponce, quien reveló en el semanario Hildebrandt en sus Trece que el exjefe de Estado ordenó la ejecución de 123 presos en el penal de Lurigancho. El mayor del Ejército de 64 años que lideró el pelotón de ejecución que entró a Lurigancho a matar a senderistas amotinados en 1986 ha decidido hablar y dar su testimonio, por primera vez, como un modo "de encontrar la paz". En declaraciones a dicha publicación, el exmilitar incrimina directamente a Alan García como la persona que ordenó la ejecución de los 123 presos condenados por terrorismo en el penal de Lurigancho. "Me llamó el entonces comandante general del Ejército y presidente del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, general Guillermo Monzón Arrunátegui, y me dijo: Capitán, por orden del presidente de la República, he dispuesto que usted forme una patrulla de eliminación para intervenir en el penal de Lurigancho", confesó La Madrid Ponce. El militar en retiro también narró al semanario que escuchó una charla por radio entre Alan García y el jefe de la Guardia Republicana, Jorge Rabanal. "'Señor presidente, estamos procediendo', le dijo Rabanal". Según el oficial, García respondió: "¿Qué espera? ¿Tanto se demora? Tiene que cumplirse la misión". El abogado del IDL, Carlos Rivera, comentó que "la confesión del señor La Madrid se va a convertir en un testimonio sumamente relevante en el marco de las investigaciones de las matanzas de los penales. Estoy seguro de que la Fiscalía va a presentar el testimonio de este oficial del Ejército en el juicio de El Frontón, porque estamos hablando de la misma operación, de la misma decisión y de la misma orden que se dio para ambos casos". Recordó que la presunta responsabilidad de García solo se insinuaba en el curso de las investigaciones de la matanza de El Frontón porque las ejecuciones extrajudiciales en Lurigancho no están judicializadas para esclarecer los crímenes, sino que están en una etapa de investigación […]

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Ana Jara descarta que Humala sea parte de campaña en su contra y Chile: Congreso aprueba la unión civil para parejas del mismo sexo
Ministerio Público adopta medidas ante posible llegada del Fenómeno el Niño y Entidades de lucha contra la corrupción destacan plataforma informativa de la CAN
amplía detención preliminar a tres personas vinculadas con Belaunde Lossio y Carlos Ramos Heredia fue destituido por el CNM
Pedro Cateriano afirma que "El asunto con Chile ha sido superado" y Perú insiste en soberanía sobre triángulo terrestre
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Ministerio Público adopta medidas ante posible llegada del Fenómeno el Niño y Entidades de lucha contra la corrupción destacan plataforma informativa de la CAN
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miércoles, 30 de marzo de 2016

Sulca y Oropeza a prisión por 18 meses y Ordenan prisión preventiva para el expresidente de Madre de Dios

Sulca y Oropeza a prisión por 18 meses 2015-05-26 17:16:15

Después de casi dos meses del ataque a la camioneta Porsche donde iban Gerald Oropeza y su segundo, Carlos Sulca, y descubrirse una organización dedicada al narcotráfico internacional, el Poder Judicial dispuso la prisión preventiva por 18 meses para ambos personajes que ahora deberán afrontar esta investigación tras las rejas.

Ordenan prisión preventiva para el expresidente de Madre de Dios 2015-02-06 13:42:51

Por los presuntos delitos de colusión desleal y asociación ilícita para delinquir, en agravio del Estado, el Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Tambopata ordenó la prisión preventiva del expresidente regional de Madre de Dios, Luis Aguirre Pastor.

Uso de granadas no configura delito de terrorismo y Sunat busca reducir evasión de impuestos por uso de facturas falsas
Gobierno tomará medidas para impedir liberación de Belaunde Lossio en Bolivia y fiscal de la Nación y procurador ad hoc
Narcoterroristas matan otro soldado en Camisea y Policial: Decomisan 300 kilos de pirotécnicos
Alan García Pérez, cáncer moral y político del Perú y Gerardo Saravia: Acusaciones del diario Correo son una patraña
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Bitacoras.com