domingo, 1 de febrero de 2015

BTR: UN BALANCE y

BTR: UN BALANCE 2012-03-28 13:10:10

Luego de expedida la sentencia en el caso BTR, en primera instancia, corresponde hacer un balance de lo que ha sido el procesamiento judicial de este caso y los temas pendientes.

1. EL JUICIO Y LA SENTENCIA: Normalmente le metemos palo al Poder Judicial por sus malas sentencias y los malos magistrados que también encontramos allí. Pero creo que hay que felicitar a la Sala encabezada por el magistrado Iván Sequeiros porque llevó a cabo un juicio impecable. El proceso no ha tenido mayores sobresaltos, se condujo con la rapidez congruente con un proceso complejo y con un amplio material probatorio. Y la sentencia, en términos generales, está bastante bien fundamentada.

2. LOS CHUPONEADORES: Bien sentenciados. Hay que recordar que la interceptación de comunicaciones telefónicas y correos electrónicos es un delito. El material probatorio al respecto era abundante, tanto en lo que se encontró en los objetos personales de los sentenciados - salvo aquellos que fueron manipulados y no pudieron ser incorporados finalmente al proceso - como en lo que han indicado los testigos.

Pero hay una cuestión adicional. Como indica Cesar Romero, periodista de judiciales del diario La República:

Una mala estrategia de defensa, es una condena segura. Giannotti, cía y abogados se olvidaron que ellos eran los acusados.

La estrategia de defensa de los chuponeadores se basó en dos elementos. El primero, indicar que eran víctimas de un complot político del gobierno aprista en su contra. El segundo, colocarse como héroes al haber evitado, supuestamente, a través de las interceptaciones, un desfalco importante de fondos públicos. Este último argumento fue esgrimido, sobre todo, por Elías Ponce Feijóo.

3. LOS FINANCISTAS: He aquí el punto mayor a investigar. Y al respecto existen dos hipótesis. La primera, la más explorada, apuntaba a un caso de espionaje industrial. Incluso se mencionaron en varios momentos, tanto en el juicio como en la prensa, a empresas vinculadas a las industrias lácteas y del cemento.  La segunda, indicada por Carlos Hidalgo de Cuarto Poder, apunta a que desde Palacio de Gobierno, por interpósita persona, se ordenó una investigación informal acerca de los actos de corrupción vinculados al empresario Fortunato Canaán. La sentencia señala que los acusados no brindaron mayores luces al respecto y que trataron de cubrir a sus clientes.

4. LOS OTROS FUNCIONARIOS, EL ENCUBRIMIENTO Y LA MANIPULACION: El otro hecho que llamó la atención de la sentencia fue la orden de la Sala de enviar los documentos del caso al Ministerio Público para que investiguen a una serie de funcionarios, como Alan García, Jorge del Castillo, Hernán Garrido Lecca, entre otros. Más allá de las protestas del ex presidente del Consejo de Ministros, la sentencia fundamenta bien porque se llegó a esta conclusión. Como indicó el abogado Yván Montoya a Diario 16:

Montoya indicó que la sala no suele derivar copias certificadas al Ministerio Público o al Congreso si no encuentra nuevos indicios sobre comisión de delito. "Uno de los delitos sería la instigación, la provocación y complicidad para que se cometa la interceptación, pues varios implicados han dicho que eso se hizo por orden de García, a quien le daban reportes de campaña. Incluso él habría ganado a Humala porque tenía acceso a información privilegiada", señaló.

Asimismo, dijo que el abuso de autoridad se habría configurado en la parte de la investigación del caso, pues varios de los implicados han asegurado que tanto García, Del Castillo, el general PNP Miguel Hidalgo y otros, habrían interferido en las indagaciones para intentar beneficiar o perjudicar a determinados personajes.

5. DOS FAENONES POR INVESTIGAR: Apuntados por Augusto Álvarez Rodrich:

Uno es el que revelaron los 'petroaudios' chuponeados por BTR, en los que se identificó cabalmente el intento mafioso del pirata dominicano Fortunato Canaán para beneficiarse con proyectos públicos gracias a la complicidad del deseo insaciable de autoridades dispuestas a forrarse los bolsillos, de manera indebida, con el primero que se los proponga.

El segundo 'faenón' fue el que se puso en marcha para encubrir el caso apenas fue destapado por un grupo de periodistas. Esto incluyó la manipulación de pruebas; la intimidación a los implicados; el despido de periodistas que no estuvieron dispuestos a alinearse con el propietario del medio para hacerse de la vista gorda; y, entre otras acciones, la persecución  a periodistas –como Rosa María Palacios– mediante campañas de desprestigio a ellos y a sus familiares con el fin de perpetrar el encubrimiento.

6. MAS CASOS DE CHUPONEO: En el camino, hay más casos de espionaje telefónico por investigar. Lo ocurrido en el Callao, teniendo como telón de fondo las disputas internas en el movimiento político dominante en dicha región, es una clara muestra de que aún hay mucha tela por cortar. Sobre todo cuando el líder de BTR tuvo vinculaciones con algunos funcionarios regionales y municipales del primer puerto.

(Caricatura: Carlín para La República)



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Farandula y Espectaculo del Peru y el Mundo Personajes

Alberto Fujimori afirma "Quieren asesinarme en prisión" y Inpe: Ordenaron traslado de terroristas a cárcel común

Información: Alberto Fujimori afirma "Quieren asesinarme en prisión" - 26/09/2014 9:46:51

" Alberto Fujimori hizo una airada defensa para que se mantenga la orden judicial que ordena al Instituto Nacional Penitenciario le retorne el acceso a un teléfono público en prisión.
"Quieren asesinarme, un homicidio premeditado, y la forma es: matando a cuentagotas mis neuronas", expresó Fujimori dirigiéndose a la sala que resolverá la apelación presentada por el INPE.
"En ningún penal del Perú se aplica una medida de retiro del aparato telefónico y aún hay pabellones de máxima seguridad que también cuentan (con teléfono), con excepción de Challapalca porque no hay los medios de comunicación", manifestó.
Fujimori alegó que le corresponde el derecho a acceso telefónico porque desde hace siete años se encuentra bajo un régimen ordinario de mínima seguridad y "no tengo en mi record de conducta una sola falta cometida ni débil ni grave".
El exgobernante, dirigiéndose a los vocales, les pidió comprender las "horas de incomunicación y soledad" que tiene que afrontar durante su encierro en el penal de Barbadillo, en Ate.
"Ruego a los distinguidos miembros de esta Sala, comprender esta penosa y desgarradora situación nunca antes vivida en los primeros seis años de mi privación de la libertad", expresó.
Fujimori recibió llamados de atención por parte de los miembros de la Sala, que le pidieron tranquilidad y sintetice su intervención. "Diríjase acá, porque esto no es un atrio político", le dijo un magistrado.
También fue necesaria la presencia de un médico que tomó la presión a Fujimori, a pedido del propio exgobernante.
Tras la revisión médica, la audiencia prosiguió con un Fujimori más calmado que respondió algunas preguntas del Tribunal.
El condenado exmandatario relató la forma en que el INPE decidió retirarle el acceso al teléfono público por conceder entrevistas por esa vía a los medios de comunicación.
Él insistió en que pese a los llamados de atención del ente penitenciario él continuó dando entrevistas porque "estaba seguro que yo no estaba infringiendo ninguna norma".
"El hecho de conversar con un medio de comunicación por la línea telefónica es una falta ni débil ni grave", insistió.
Refirió también que el INPE le informó por escrito que había violado las disposiciones sobre comunicaciones. "Yo sabía que se prohíbe el ingreso de periodistas, pero no hay otras. En ningún momento se me señaló cual era la falta cometida, pero se prosiguió con esta investigación", sostuvo.
Fuente: RPP
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Noticia, Inpe: Ordenaron traslado de terroristas a cárcel común - 21/03/2014 15:25:35

"El traslado de cuatro terroristas, entre ellos el ex cabecilla del MRTA, Víctor Polay, desde la Base Naval del Callao (centro de máxima seguridad), a una cárcel común, fue ordenado por la Quinta Sala Penal para Procesos con Reos Libres de la Corte Superior de Justicia de Lima, informó el presidente del Instituto Nacional Penitenciario (Inpe), José Luis Pérez Guadalupe.
En tanto, el tribunal, presidido por el juez Julio Biaggi, ordenó el traslado "en un plazo no mayor a treinta días calendario" de los emerretistas Víctor Polay Campos, Miguel Rincón,Peter Cárdenas y Óscar Ramírez Durand, "Feliciano", unos de los cabecillas de Sendero Luminoso.
Pérez Guadalupe aseveró que recurrirá al Tribunal Constitucional (TC) para evitar la ejecución de dicha medida.
"Lamentablemente tenemos que estar ante esta situación nosotros somos respetuosos de las decisiones del Poder Judicial, pero lógicamente no compartimos esa resolución", increpó José Luis Pérez Guadalupe.
Quien agregó que el hábeas corpus presentado por los presos fue declarado infundado por la 25 Sala de la Corte Superior de Lima, pero luego pasó a la Quinta Sala que lo declaró fundado.
"Hay decenas de hábeas corpus interpuestos por estos señores que han sido declarados infundados, incluso el Tribunal Constitucional se ha manifestado en contra, no entendemos cuál es el criterio de este hábeas corpus y que nos de 30 días", lamentó el titular del Inpe.
El Inpe presentó un recurso de agravio constitucional que debe ser enviado al TC y dijo que "todos los peruanos" tienen "que cerrar filas ante esta opinión y abuso del Poder Judicial contra una decisión penitenciaria" aseveró Pérez Guadalupe.
"(Los condenados) usan argumentos que ningún juzgado ha aceptado anteriormente, que por ser un penal militar no tienen los mismos derechos que otros internos, pero la base naval se rige por el sustento legal, van funcionarios del Inpe de manera itinerante", acotó la autoridad del Inpe.
Con dicha medida "no sería nada raro" que otros presos en la base naval, como el fundador de Sendero Luminoso, Abimael Guzmán, o el ex asesor presidencial Vladimiro Montesinos, presenten recursos de hábeas corpus y encuentren alguna sala o juzgado que los acepte como esta, advirtió Pérez Guadalupe.
"Hago un llamado al Poder Judicial para que tome cartas en el asunto que en mi opinión es una flagrante violación de las normas y la jurisprudencia", mencionó el titular del Inpe.
Sumado a ello Pérez Guadalupe ratificó que solo acatará la orden judicial cuando se agoten los recursos permitidos por ley.
Foto: Difusión.

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Noticia, Antauro Humala en penal Virgen de la Merced - 19/11/2012 10:11:54

" Antauro Humala fue trasladado al penal Virgen de la Merced, ubicado en el distrito de Chorrillos, en cumplimiento a una orden judicial, informó su padre Isaac Humala.
Manifestó que personal penitenciario le indicaron que su hijo abandonó el penal de máxima seguridad de la Base Naval del Callao.
"Acaban de comunicarme de la cárcel de Chorrillos, Virgen de la Merced, que ya está ahí mi hijo Antauro", señaló el patriarca de los Humala, aunque dijo desconocer la hora de traslado.
La Segunda Sala Penal Con Reos en Cárcel emitió una sentencia en la cual califican de arbitrario el traslado de Antauro Humala al penal de la Base Naval del Callao, disponiéndose su regreso al penal Virgen de la Merced.
Isaac Humala manifestó que con el cambio de penal, se cumple la resolución del Poder Judicial, aunque el gobierno y el jefe del INPE, José Luis Pérez Guadalupe, expresaron su discordia a este fallo.
"Arbitrariamente con una resolución que no corresponde, Pérez Guadalupe trasladó de la cárcel común militar donde estaba Antauro a una Base Naval que no corresponde, fue arbitrario y abusivo", señaló.
Fuente: RPP
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Delito y corrupcion del Peru y Mundo

LA MATANZA DE SOCOS Y LA IMPUNIDAD EN PERU y LA MATANZA DE SOCOS Y LA IMPUNIDAD EN PERU

LA MATANZA DE SOCOS Y LA IMPUNIDAD EN PERU 2012-11-19 15:27:00

La impunidad en Perú atraviesa un largo recorrido. Desde 1980 hasta Ollanta Humala ahora en el 2012, los gobiernos han instaurado la impunidad como una condecoración a policías, militares y civiles criminales. Uno de estos brutales crímenes fue el ejecutado por la policia en Soccos, un pequeño pueblo andino considerado como base de apoyo de la guerrilla de Sendero Luminoso.

Esta matanza fue el 13 de noviembre de 1983. Han pasado 29 años y en Perú son pocos los que se acuerdan de esta acción de exterminio de pobladores. La vida en Socos se pasaba más o menos en calma y en la rutina de los pueblos que viven de los alimentos que le entrega la tierra. Este pueblo es un paraje ayacuchano a sólo 18 kilómetros de la ciudad de Huamanga. Esta calma fue rota un día cuando miembros de la ex Guardia Civil, la mayoría pertenecientes al grupo de élite policial de lucha contrasubversiva conocidos como los «Sinchis», irrumpieron en la casa de unos lugareños donde se venía desarrollando una fiesta de «pedida de mano» en matrimonio. Sin motivo aparente, salvo el evidente desprecio que profesaban estos policías contra la condición de pobres, campesinos, serranos e indios, le quitaron la vida a más de tres decenas de personas, de diverso género y edad con una crueldad sin límites.

Esta masacre ha quedado prácticamente en el olvido, pues no es funcional a los intereses de los poderosos medios de comunicación limeños recordar crímenes a título del Estado peruano perpetrados con vesania y macabro frenesí; más aún, si se trata de una potente metonimia de las inacabables «pulsiones de muerte» entre la Lima «señorial» y el Sur peruano «indio».

El presente artículo está basado casi íntegramente en datos extraídos del sub-capítulo 2.1. del Tomo VII del Informe de la Comisión de la Verdad y Reconciliación (CVR) del Perú, debemos decir con toda honestidad que gran parte de este artículo vendría a ser casi una simple edición del referido sub-capítulo del Informe de la CVR, pues en este caso específico, consideramos que la CVR aplicó un trabajo investigativo y metodológico rigurosos, intentando brindar una descripción de los hechos fidedigna e imparcial; no obstante, discrepamos con las explicaciones conclusivas de la CVR, también presente en el subcapítulo de marras, pues no se ajustan a la propia descripción de los hechos que ofrecen previamente, y además, resultan evidentemente forzadas y direccionadas, pues no cuestionan la institucionalidad policial, como institución involucrada en este horrendo crimen, ni tampoco la lenidad del Poder Judicial, que aplica simbólicamente penas drásticas contra los autores, pero en la ejecución penal escamoteó su actividad punitiva.

El Yaycupacu en Socos

El campamento policial fue instalado en Socos por disposición del Comando Político Militar de la Zona de Emergencia de Ayacucho, menos de dos meses antes de que ocurriera la masacre. Casi simultáneamente a la llegada de los efectivos policiales —muchos de ellos provenientes de departamentos de la Costa peruana— se iniciaron una serie de abusos perpetrados por éstos contra la población —la mayoría quechua hablantes, campesinos, pobres, muchos de ellos iletrados y viviendo en condiciones de precariedad; los robos de la policía a los campesinos de sus bienes y animales domésticos, con mucha prontitud se convirtieron en algo cotidiano.

El 13 de noviembre de 1983, se celebraba una fiesta en la que Adilberto Quispe Janampa pedía en matrimonio a Maximiliana Zamora Quispe, tradicional acto del lugar conocido como «Yaycupacu» (pedida de mano).

Como se estilaba en Socos, los familiares del novio prepararon comida y bebidas de la zona, convocando a los amigos y parientes más cercanos a la fiesta. Cuando el novio y su comitiva se disponían a ir al encuentro de la novia, repentinamente dos efectivos policiales ingresaron de manera violenta a la vivienda, luego hicieron lo mismo el resto de policías; señalando con prepotencia que sólo había permiso para realizar la fiesta hasta las ocho de la noche, y ya eran las nueve.

Dado que muchos de los campesinos habían bebido licor; una de ellos, increpó a los policías por su conducta y les hizo recuerdo de los constates abusos que cometían; esta pequeña protesta crispó los ánimos de los policías quienes realizaron disparos al aire y a pedir los documentos de los asistentes.

La masacre de Socos

Luego, hicieron salir de la casa a todos los presentes y llevaron caminando a todas estas personas hasta la Quebrada del Balcón Huaycco, a media hora de Socos, pudiéndose escapar sólo un número muy reducido de personas.

Al llegar al Balcón Huaycco, los policías separaron a las mujeres jóvenes del grupo y las ultrajaron sexualmente, práctica generalizada de los miembros de la policía y las fuerzas armadas peruanas en las zonas declaradas de emergencia —con Estado de Sitio— durante las décadas de 1980 y 1990 (Véase el sub-capítulo 2.1. del Tomo VIII del Informe de la Comisión de la Verdad y Reconciliación del Perú).

A las dos y media de la madrugada, los policías juntaron a todos los campesinos detenidos y emprendieron contra ellos con ráfagas de sus fúsiles automáticos ligeros, convirtiendo la gélida noche andina de Socos en el escenario de una orgía sangrienta. Luego, los policías agruparon los cadáveres y detonaron granadas para que las voladuras del desfiladero ocasionen una gran remoción de tierras y piedras, y así, los cuerpos de las personas acribilladas quedaran sepultados por los escombros; sólo hubo una sobreviviente, la misma que no fue alcanzada por los disparos y pudo escapar de ser enterrada viva por la tierra y piedras removidas por la explosión.

Las víctimas fueron más de tres decenas de personas cuyas edades —de los adultos— oscilaban entre los 21 a los 62 años; además, dentro de las víctimas hubo nueve niños, tres de los cuales no tenían ni un año de nacidos, mientras los demás no pasaban de los siete años de edad; también se consideró como víctima a un feto de 8 meses y medio de gestación de otra víctima.

Dos días después de esta masacre, una vez que los hechos fueron denunciados, la policía ingresó tanto al domicilio de la profesora Victoria Cueto Janampa como al de Vicente Quispe Flores, denunciantes de los hechos, a Victoria los efectivos policiales le dispararon en la cabeza, en presencia de su madre y de su sobrino. A Vicente Quispe Flores lo secuestraron, para luego ejecutarlo y abandonar su cadáver en un puente de la región.

Asimismo, los policías asesinaron a Javier Gutiérrez Gamboa, un joven encargado de la limpieza de los policías y que los ayudaba en la cocina, pues estaba enterado de lo ocurrido; para disfrazar este otro crimen, los policías pretextaron que habían sufrido una emboscada terrorista en la que sólo este joven había fallecido.

Ante las investigaciones del Ministerio Público, la Policía —como institución cuestionada— intentó encubrir el crimen de sus efectivos, al señalar en la conclusión de un atestado policial que: «no se descarta que los autores del delito de terrorismo y del homicidio múltiple con arma de fuego, sean integrantes del grupo Sendero Luminoso»; igualmente, el Jefe Departamental de la ex Guardia Civil descartó totalmente que el personal del Destacamento de Socos haya ejecutado a los campesinos, señalando que no existían pruebas que demostraran fehacientemente lo contrario, llegando incluso a afirmar que no se llevó a cabo ninguna fiesta en el lugar.

Además, negaron que se haya llevado a cabo la fiesta de pedida de mano y, menos aún, que la hubieran autorizado; cambiaron las piezas de las armas utilizadas para alterar el resultado de la Pericia Balística; simularon hostigamientos senderistas; alteraron el cuaderno de denuncias para incluir presuntas incursiones subversivas al distrito y persiguieron a la única testigo presencial.

Pese, a todas estas argucias, no sólo de los perpetradores sino también de la institucionalidad policial, se abrió instrucción en febrero de 1984 y se dictó sentencia condenatoria el 15 de julio de 1986, la misma que fue declarada de no haber nulidad en todos sus extremos, mediante Ejecutoria Suprema del 30 de septiembre de 1987 de la Corte Suprema de la República.

La sentencia condenó a once de los encausados por el asesinato de los 32 habitantes de Socos y tentativa de homicidio, absolviendo a quince efectivos que no participaron en los hechos. Los condenados, entre los que había seis «sinchis» fueron:

• Teniente GC Luis Alberto Dávila Reátegui a la pena de internamiento no menor de 25 años. Salió por semilibertad el 5 de abril de 1991. • Sargento 2do GC Jorge Alberto Tejada Breñis a 20 años de penitenciaría. Salió por Semilibertad el 14 de marzo de 1990. • Sargento 2do GC Segundo Shapiama Apagueño a 15 años de Penitenciaría. Salió por libertad condicional el 17 de junio de 1991. • Cabo GC Luis Alberto Machado Tanta a 15 años de Penitenciaría. Salió por libertad condicional el 3 de julio de 1991. • Cabo GC Gustavo Alfredo Cárdenas Riega a 15 años de Penitenciaría. Salió por libertad condicional el 7 de junio de 1991. • Cabo GC Víctor Ángel Alberto Barrios Barrios a 15 de Penitenciaría. Salió por semilibertad el 28 de febrero de 1989. • Guardia GC Juan Carlos Aguilar Martínez a 15 años de Penitenciaría. Salió por semilibertad el 11 de enero de 1989. • Guardia GC Pedro Ciro Agurto Moncada a 15 años de Penitenciaría. Salió por semilibertad el 26 de julio de 1989. • Guardia GC Félix Armando Javier Suárez a 15 años de Penitenciaría. Salió por semilibertad el 31 de agosto de 1989. • Guardia GC César Yamer Escobedo Arce a 10 años de Penitenciaría. Salió por cumplimiento de pena. • Guardia GC Genaro Gilberto Pauya Rojas a 10 años de Penitenciaría. Salió por semilibertad el 1 de diciembre de 1988.

Además, por concepto de reparación civil se impuso el pago de I/. 120,000 (ciento veinte mil intis, moneda hoy inexistente en el Perú) que los sentenciados debían abonar en forma solidaria a favor de los herederos legales de los agraviados. Sólo César Yamer Escobedo cumplió con depositar once mil intis y cumplió la condena de manera íntegra.

De otro lado, la misma Ejecutoria Suprema impuso a los responsables de la masacre de Socos las penas accesorias de inhabilitación absoluta durante el tiempo de duración de la privación de libertad y hasta cinco años posteriores a ella, así como interdicción civil durante la condena. La pena de inhabilitación absoluta impedía que los efectivos regresaran al servicio activo de su institución hasta cinco años después de haber obtenido su libertad definitiva; aunque, entre los años 1990 y 1992, es decir, aún antes de obtener su libertad definitiva, cinco de ellos habrían sido repuestos en sus cargos de manera irregular.

La CVR y la masacre de Socos

Además de reunir toda esta información, la CVR ubicó e identificó a 22 niños y adolescentes huérfanos a consecuencia de la masacre de Socos, con las edades que tenían al momento de su ocurrencia, entre 8 meses a 18 años de edad, quienes vieron truncados sus proyectos de vida y fueron sometidos a difíciles condiciones de supervivencia, además de arrastrar el trauma posguerra de por vida, y muy probablemente, con repercusiones transgeneracionales.

Uno de los puntos de este sub-capítulo del Informe con el que discrepamos es cuando la CVR señala:

La CVR considera que la sentencia emitida el 15 de julio de 1986, y su respectiva Ejecutoria Suprema del 30 de septiembre de 1987, en las que se sanciona a los efectivos policiales que asesinaron a los humildes pobladores de la Comunidad de Socos, fortalece al Estado de Derecho, pues no ha quedado impune la grave violación a los Derechos Humanos cometida por las Fuerzas del Orden. Es destacable, además, que el juzgamiento se haya producido fuero civil, pese a que algunos procesados plantearon la declinatoria de jurisdicción civil a favor del fuero militar, lo que no prosperó.

Si logra hacerse el cómputo desde septiembre de 1987 para cada uno de los casos de los condenados, cuyas salidas en libertad se produjeron entre diciembre de 1988 hasta junio de 1991, podríamos identificar que la prisión efectiva cumplida fue de un año a tres años y medio —dejamos al margen el caso de César Escobedo que cumplió pena completa y pago su cuota de reparación civil, quizás por razones éticas personales, pues quiso expiar culpas con la reclusión prolongada, o por que no contó con un «buen» abogado, quizás por que no contaba con la simpatía de la institución policial a la que pertenecía o simplemente por que se trataba del mítico e infaltable chivo expiatorio que suelen haber en estos casos; entre las posibles razones que podemos especular.

Sin duda, pueda que desde febrero de 1984 —tiempo en el que se abrió la instrucción— hasta septiembre de 1987 cuando se dictó la Ejecutoriada, haya habido muchos procesados con detención preventiva; no obstante, ese detalle no lo ofrece la CVR, y cabe la posibilidad que ese periodo hayan gozado algunos de libertad provisional, de todas formas, hay dos años y medio de diferencia; que haría que la prisión efectiva sufrida por los perpetradores de este crimen haya oscilado como máximo —dependiendo de la situación individual— entre tres años y medio a seis años. Tiempo que a todas luces manifiesta una inédita lenidad en la ejecución de la pena por el Poder Judicial, pues en el Perú, cualquier procesado por delito de homicidio simple —ni que decir los de homicidio calificado, como este caso— no bajará de cinco años de prisión efectiva, incluso aplicándose beneficios penitenciarios.

Entonces, a partir de los mismos datos que proporciona la CVR, sin alterarlos en absoluto ni poniendo en cuestión ninguno de ellos, podemos arribar a otra conclusión: que hay evidentes indicios de lenidad y tibieza con la sanción a los policías sentenciados por sus crímenes, y ésta es una forma sofisticada de impunidad.

Además, también pueden apreciarse en este caso otros hechos abiertamente impunes, tales como que no se sancionaron otros delitos cuya concurrencia real fue evidente, tales como los delitos de violación sexual, de secuestro y de abuso de autoridad que también están en la esfera de protección los derechos humanos; y algún otro delito, menor para este caso, contra la fe pública.

Asimismo, también han quedado impunes los actos de encubrimiento y la obstaculización de la acción de la justicia de la Jefatura Departamental de la ex Guardia Civil en Ayacucho, que ni siquiera fueron investigados por el Ministerio Público y el Poder Judicial.

En tanto la preocupación, de la CVR se enfocó en que no se haya podido hacer efectivo el pago de la reparación civil a favor de las víctimas, así como el hecho de que cinco de los sentenciados hayan sido reincorporados a la Policía, pese a encontrarse inhabilitados. En cuanto al primer punto, el monto total de la reparación civil era tan ínfimo al momento que salió el último sentenciado de prisión, pues luego de la inflación económica de la década de 1980, la suma total de la reparación civil equivalía al costo de dos bolos de pan en el Perú. Por lo que, siendo una cantidad tan ínfima económicamente, lo que llama la atención no es tanto el pago siquiera simbólico que podían haber hecho los policías, sino el desprecio —en esa misma esfera— que terminaron haciendo, pues hacia 1991, bastaba pagarla con una sola moneda de un nuevo sol (casi la tercera parte de un dólar americano) para hacer el pago total del monto de la reparación civil. Por lo demás, la CVR no menciona quienes eran los cinco policías inhabilitados que retornaron a trabajar a la policía irregularmente, ¿fueron los otros cinco sinchis, excepto el teniente Dávila Reátegui que tenía inhabilitación de por vida?

La masacre de Socos fue llevada al cine —aunque en la trama se utilizó un nombre ficticio para denominar al pueblo—; la película llevó el título La Boca del Lobo del cineasta peruano Francisco Lombardi; una película que no sólo da cuenta de los abusos de la tropa policial con los lugareños y de las ejecuciones extrajudiciales, sino también de la desconexión entre los policías costeños y los campesinos quechua hablantes de Socos. Mostrando que los exiguos 18 kilómetros que separan Socos de Huamanga, la capital del departamento de Ayacucho —más integrado a la égida del centralismo limeño—, son una distancia enorme en términos políticos, económicos y sociales entre el pueblo de Socos y el poder limeño; simbólicamente, quizás tan grandes como los 14 kilómetros que separan a Tánger de Algeciras, de África con Europa. De hecho, el mismo Lombardi, en la película prácticamente no les da voz a los pobladores de Socos, los presenta como seres animados y exóticos, armónicos con el paisaje estepario, quizás como si más que seres humanos se tratarían de figuras humanoides que formarían parte del mismo paisaje, como si no se tratasen de ciudadanos peruanos. Si era la metáfora que Lombardi buscaba insinuar, la logró larga y exitosamente.

LA MATANZA DE SOCOS Y LA IMPUNIDAD EN PERU 2012-11-19 15:27:00

La impunidad en Perú atraviesa un largo recorrido. Desde 1980 hasta Ollanta Humala ahora en el 2012, los gobiernos han instaurado la impunidad como una condecoración a policías, militares y civiles criminales. Uno de estos brutales crímenes fue el ejecutado por la policia en Soccos, un pequeño pueblo andino considerado como base de apoyo de la guerrilla de Sendero Luminoso.

Esta matanza fue el 13 de noviembre de 1983. Han pasado 29 años y en Perú son pocos los que se acuerdan de esta acción de exterminio de pobladores. La vida en Socos se pasaba más o menos en calma y en la rutina de los pueblos que viven de los alimentos que le entrega la tierra. Este pueblo es un paraje ayacuchano a sólo 18 kilómetros de la ciudad de Huamanga. Esta calma fue rota un día cuando miembros de la ex Guardia Civil, la mayoría pertenecientes al grupo de élite policial de lucha contrasubversiva conocidos como los «Sinchis», irrumpieron en la casa de unos lugareños donde se venía desarrollando una fiesta de «pedida de mano» en matrimonio. Sin motivo aparente, salvo el evidente desprecio que profesaban estos policías contra la condición de pobres, campesinos, serranos e indios, le quitaron la vida a más de tres decenas de personas, de diverso género y edad con una crueldad sin límites.

Esta masacre ha quedado prácticamente en el olvido, pues no es funcional a los intereses de los poderosos medios de comunicación limeños recordar crímenes a título del Estado peruano perpetrados con vesania y macabro frenesí; más aún, si se trata de una potente metonimia de las inacabables «pulsiones de muerte» entre la Lima «señorial» y el Sur peruano «indio».

El presente artículo está basado casi íntegramente en datos extraídos del sub-capítulo 2.1. del Tomo VII del Informe de la Comisión de la Verdad y Reconciliación (CVR) del Perú, debemos decir con toda honestidad que gran parte de este artículo vendría a ser casi una simple edición del referido sub-capítulo del Informe de la CVR, pues en este caso específico, consideramos que la CVR aplicó un trabajo investigativo y metodológico rigurosos, intentando brindar una descripción de los hechos fidedigna e imparcial; no obstante, discrepamos con las explicaciones conclusivas de la CVR, también presente en el subcapítulo de marras, pues no se ajustan a la propia descripción de los hechos que ofrecen previamente, y además, resultan evidentemente forzadas y direccionadas, pues no cuestionan la institucionalidad policial, como institución involucrada en este horrendo crimen, ni tampoco la lenidad del Poder Judicial, que aplica simbólicamente penas drásticas contra los autores, pero en la ejecución penal escamoteó su actividad punitiva.

El Yaycupacu en Socos

El campamento policial fue instalado en Socos por disposición del Comando Político Militar de la Zona de Emergencia de Ayacucho, menos de dos meses antes de que ocurriera la masacre. Casi simultáneamente a la llegada de los efectivos policiales —muchos de ellos provenientes de departamentos de la Costa peruana— se iniciaron una serie de abusos perpetrados por éstos contra la población —la mayoría quechua hablantes, campesinos, pobres, muchos de ellos iletrados y viviendo en condiciones de precariedad; los robos de la policía a los campesinos de sus bienes y animales domésticos, con mucha prontitud se convirtieron en algo cotidiano.

El 13 de noviembre de 1983, se celebraba una fiesta en la que Adilberto Quispe Janampa pedía en matrimonio a Maximiliana Zamora Quispe, tradicional acto del lugar conocido como «Yaycupacu» (pedida de mano).

Como se estilaba en Socos, los familiares del novio prepararon comida y bebidas de la zona, convocando a los amigos y parientes más cercanos a la fiesta. Cuando el novio y su comitiva se disponían a ir al encuentro de la novia, repentinamente dos efectivos policiales ingresaron de manera violenta a la vivienda, luego hicieron lo mismo el resto de policías; señalando con prepotencia que sólo había permiso para realizar la fiesta hasta las ocho de la noche, y ya eran las nueve.

Dado que muchos de los campesinos habían bebido licor; una de ellos, increpó a los policías por su conducta y les hizo recuerdo de los constates abusos que cometían; esta pequeña protesta crispó los ánimos de los policías quienes realizaron disparos al aire y a pedir los documentos de los asistentes.

La masacre de Socos

Luego, hicieron salir de la casa a todos los presentes y llevaron caminando a todas estas personas hasta la Quebrada del Balcón Huaycco, a media hora de Socos, pudiéndose escapar sólo un número muy reducido de personas.

Al llegar al Balcón Huaycco, los policías separaron a las mujeres jóvenes del grupo y las ultrajaron sexualmente, práctica generalizada de los miembros de la policía y las fuerzas armadas peruanas en las zonas declaradas de emergencia —con Estado de Sitio— durante las décadas de 1980 y 1990 (Véase el sub-capítulo 2.1. del Tomo VIII del Informe de la Comisión de la Verdad y Reconciliación del Perú).

A las dos y media de la madrugada, los policías juntaron a todos los campesinos detenidos y emprendieron contra ellos con ráfagas de sus fúsiles automáticos ligeros, convirtiendo la gélida noche andina de Socos en el escenario de una orgía sangrienta. Luego, los policías agruparon los cadáveres y detonaron granadas para que las voladuras del desfiladero ocasionen una gran remoción de tierras y piedras, y así, los cuerpos de las personas acribilladas quedaran sepultados por los escombros; sólo hubo una sobreviviente, la misma que no fue alcanzada por los disparos y pudo escapar de ser enterrada viva por la tierra y piedras removidas por la explosión.

Las víctimas fueron más de tres decenas de personas cuyas edades —de los adultos— oscilaban entre los 21 a los 62 años; además, dentro de las víctimas hubo nueve niños, tres de los cuales no tenían ni un año de nacidos, mientras los demás no pasaban de los siete años de edad; también se consideró como víctima a un feto de 8 meses y medio de gestación de otra víctima.

Dos días después de esta masacre, una vez que los hechos fueron denunciados, la policía ingresó tanto al domicilio de la profesora Victoria Cueto Janampa como al de Vicente Quispe Flores, denunciantes de los hechos, a Victoria los efectivos policiales le dispararon en la cabeza, en presencia de su madre y de su sobrino. A Vicente Quispe Flores lo secuestraron, para luego ejecutarlo y abandonar su cadáver en un puente de la región.

Asimismo, los policías asesinaron a Javier Gutiérrez Gamboa, un joven encargado de la limpieza de los policías y que los ayudaba en la cocina, pues estaba enterado de lo ocurrido; para disfrazar este otro crimen, los policías pretextaron que habían sufrido una emboscada terrorista en la que sólo este joven había fallecido.

Ante las investigaciones del Ministerio Público, la Policía —como institución cuestionada— intentó encubrir el crimen de sus efectivos, al señalar en la conclusión de un atestado policial que: «no se descarta que los autores del delito de terrorismo y del homicidio múltiple con arma de fuego, sean integrantes del grupo Sendero Luminoso»; igualmente, el Jefe Departamental de la ex Guardia Civil descartó totalmente que el personal del Destacamento de Socos haya ejecutado a los campesinos, señalando que no existían pruebas que demostraran fehacientemente lo contrario, llegando incluso a afirmar que no se llevó a cabo ninguna fiesta en el lugar.

Además, negaron que se haya llevado a cabo la fiesta de pedida de mano y, menos aún, que la hubieran autorizado; cambiaron las piezas de las armas utilizadas para alterar el resultado de la Pericia Balística; simularon hostigamientos senderistas; alteraron el cuaderno de denuncias para incluir presuntas incursiones subversivas al distrito y persiguieron a la única testigo presencial.

Pese, a todas estas argucias, no sólo de los perpetradores sino también de la institucionalidad policial, se abrió instrucción en febrero de 1984 y se dictó sentencia condenatoria el 15 de julio de 1986, la misma que fue declarada de no haber nulidad en todos sus extremos, mediante Ejecutoria Suprema del 30 de septiembre de 1987 de la Corte Suprema de la República.

La sentencia condenó a once de los encausados por el asesinato de los 32 habitantes de Socos y tentativa de homicidio, absolviendo a quince efectivos que no participaron en los hechos. Los condenados, entre los que había seis «sinchis» fueron:

• Teniente GC Luis Alberto Dávila Reátegui a la pena de internamiento no menor de 25 años. Salió por semilibertad el 5 de abril de 1991. • Sargento 2do GC Jorge Alberto Tejada Breñis a 20 años de penitenciaría. Salió por Semilibertad el 14 de marzo de 1990. • Sargento 2do GC Segundo Shapiama Apagueño a 15 años de Penitenciaría. Salió por libertad condicional el 17 de junio de 1991. • Cabo GC Luis Alberto Machado Tanta a 15 años de Penitenciaría. Salió por libertad condicional el 3 de julio de 1991. • Cabo GC Gustavo Alfredo Cárdenas Riega a 15 años de Penitenciaría. Salió por libertad condicional el 7 de junio de 1991. • Cabo GC Víctor Ángel Alberto Barrios Barrios a 15 de Penitenciaría. Salió por semilibertad el 28 de febrero de 1989. • Guardia GC Juan Carlos Aguilar Martínez a 15 años de Penitenciaría. Salió por semilibertad el 11 de enero de 1989. • Guardia GC Pedro Ciro Agurto Moncada a 15 años de Penitenciaría. Salió por semilibertad el 26 de julio de 1989. • Guardia GC Félix Armando Javier Suárez a 15 años de Penitenciaría. Salió por semilibertad el 31 de agosto de 1989. • Guardia GC César Yamer Escobedo Arce a 10 años de Penitenciaría. Salió por cumplimiento de pena. • Guardia GC Genaro Gilberto Pauya Rojas a 10 años de Penitenciaría. Salió por semilibertad el 1 de diciembre de 1988.

Además, por concepto de reparación civil se impuso el pago de I/. 120,000 (ciento veinte mil intis, moneda hoy inexistente en el Perú) que los sentenciados debían abonar en forma solidaria a favor de los herederos legales de los agraviados. Sólo César Yamer Escobedo cumplió con depositar once mil intis y cumplió la condena de manera íntegra.

De otro lado, la misma Ejecutoria Suprema impuso a los responsables de la masacre de Socos las penas accesorias de inhabilitación absoluta durante el tiempo de duración de la privación de libertad y hasta cinco años posteriores a ella, así como interdicción civil durante la condena. La pena de inhabilitación absoluta impedía que los efectivos regresaran al servicio activo de su institución hasta cinco años después de haber obtenido su libertad definitiva; aunque, entre los años 1990 y 1992, es decir, aún antes de obtener su libertad definitiva, cinco de ellos habrían sido repuestos en sus cargos de manera irregular.

La CVR y la masacre de Socos

Además de reunir toda esta información, la CVR ubicó e identificó a 22 niños y adolescentes huérfanos a consecuencia de la masacre de Socos, con las edades que tenían al momento de su ocurrencia, entre 8 meses a 18 años de edad, quienes vieron truncados sus proyectos de vida y fueron sometidos a difíciles condiciones de supervivencia, además de arrastrar el trauma posguerra de por vida, y muy probablemente, con repercusiones transgeneracionales.

Uno de los puntos de este sub-capítulo del Informe con el que discrepamos es cuando la CVR señala:

La CVR considera que la sentencia emitida el 15 de julio de 1986, y su respectiva Ejecutoria Suprema del 30 de septiembre de 1987, en las que se sanciona a los efectivos policiales que asesinaron a los humildes pobladores de la Comunidad de Socos, fortalece al Estado de Derecho, pues no ha quedado impune la grave violación a los Derechos Humanos cometida por las Fuerzas del Orden. Es destacable, además, que el juzgamiento se haya producido fuero civil, pese a que algunos procesados plantearon la declinatoria de jurisdicción civil a favor del fuero militar, lo que no prosperó.

Si logra hacerse el cómputo desde septiembre de 1987 para cada uno de los casos de los condenados, cuyas salidas en libertad se produjeron entre diciembre de 1988 hasta junio de 1991, podríamos identificar que la prisión efectiva cumplida fue de un año a tres años y medio —dejamos al margen el caso de César Escobedo que cumplió pena completa y pago su cuota de reparación civil, quizás por razones éticas personales, pues quiso expiar culpas con la reclusión prolongada, o por que no contó con un «buen» abogado, quizás por que no contaba con la simpatía de la institución policial a la que pertenecía o simplemente por que se trataba del mítico e infaltable chivo expiatorio que suelen haber en estos casos; entre las posibles razones que podemos especular.

Sin duda, pueda que desde febrero de 1984 —tiempo en el que se abrió la instrucción— hasta septiembre de 1987 cuando se dictó la Ejecutoriada, haya habido muchos procesados con detención preventiva; no obstante, ese detalle no lo ofrece la CVR, y cabe la posibilidad que ese periodo hayan gozado algunos de libertad provisional, de todas formas, hay dos años y medio de diferencia; que haría que la prisión efectiva sufrida por los perpetradores de este crimen haya oscilado como máximo —dependiendo de la situación individual— entre tres años y medio a seis años. Tiempo que a todas luces manifiesta una inédita lenidad en la ejecución de la pena por el Poder Judicial, pues en el Perú, cualquier procesado por delito de homicidio simple —ni que decir los de homicidio calificado, como este caso— no bajará de cinco años de prisión efectiva, incluso aplicándose beneficios penitenciarios.

Entonces, a partir de los mismos datos que proporciona la CVR, sin alterarlos en absoluto ni poniendo en cuestión ninguno de ellos, podemos arribar a otra conclusión: que hay evidentes indicios de lenidad y tibieza con la sanción a los policías sentenciados por sus crímenes, y ésta es una forma sofisticada de impunidad.

Además, también pueden apreciarse en este caso otros hechos abiertamente impunes, tales como que no se sancionaron otros delitos cuya concurrencia real fue evidente, tales como los delitos de violación sexual, de secuestro y de abuso de autoridad que también están en la esfera de protección los derechos humanos; y algún otro delito, menor para este caso, contra la fe pública.

Asimismo, también han quedado impunes los actos de encubrimiento y la obstaculización de la acción de la justicia de la Jefatura Departamental de la ex Guardia Civil en Ayacucho, que ni siquiera fueron investigados por el Ministerio Público y el Poder Judicial.

En tanto la preocupación, de la CVR se enfocó en que no se haya podido hacer efectivo el pago de la reparación civil a favor de las víctimas, así como el hecho de que cinco de los sentenciados hayan sido reincorporados a la Policía, pese a encontrarse inhabilitados. En cuanto al primer punto, el monto total de la reparación civil era tan ínfimo al momento que salió el último sentenciado de prisión, pues luego de la inflación económica de la década de 1980, la suma total de la reparación civil equivalía al costo de dos bolos de pan en el Perú. Por lo que, siendo una cantidad tan ínfima económicamente, lo que llama la atención no es tanto el pago siquiera simbólico que podían haber hecho los policías, sino el desprecio —en esa misma esfera— que terminaron haciendo, pues hacia 1991, bastaba pagarla con una sola moneda de un nuevo sol (casi la tercera parte de un dólar americano) para hacer el pago total del monto de la reparación civil. Por lo demás, la CVR no menciona quienes eran los cinco policías inhabilitados que retornaron a trabajar a la policía irregularmente, ¿fueron los otros cinco sinchis, excepto el teniente Dávila Reátegui que tenía inhabilitación de por vida?

La masacre de Socos fue llevada al cine —aunque en la trama se utilizó un nombre ficticio para denominar al pueblo—; la película llevó el título La Boca del Lobo del cineasta peruano Francisco Lombardi; una película que no sólo da cuenta de los abusos de la tropa policial con los lugareños y de las ejecuciones extrajudiciales, sino también de la desconexión entre los policías costeños y los campesinos quechua hablantes de Socos. Mostrando que los exiguos 18 kilómetros que separan Socos de Huamanga, la capital del departamento de Ayacucho —más integrado a la égida del centralismo limeño—, son una distancia enorme en términos políticos, económicos y sociales entre el pueblo de Socos y el poder limeño; simbólicamente, quizás tan grandes como los 14 kilómetros que separan a Tánger de Algeciras, de África con Europa. De hecho, el mismo Lombardi, en la película prácticamente no les da voz a los pobladores de Socos, los presenta como seres animados y exóticos, armónicos con el paisaje estepario, quizás como si más que seres humanos se tratarían de figuras humanoides que formarían parte del mismo paisaje, como si no se tratasen de ciudadanos peruanos. Si era la metáfora que Lombardi buscaba insinuar, la logró larga y exitosamente.

ESTADOS UNIDOS APOYA LOS CRIMENES DE GUERRA EN SIRIA 2012-09-28 11:12:00

El sitio electrónico estadounidense Antiwar.com, publicó un articulo del escritor John Glaser, titulado "El apoyo de EE.UU. a los crímenes de guerra que perpetran los armados en Siria", en el cual el autor pone de manifiesto la horrenda realidad de los crímenes que cometen los grupos terroristas armados en Siria, que asegura ser crímenes de guerra y violaciones peligrosas de los derechos humanos.

El autor del artículo afirma que "todo el mundo está ya al tanto de estos crímenes que son amplia y constantemente difundidos, de manera tal que cualquier persona que desee conocer la realidad puede hacerlo, y a pesar de ello los Estados Unidos les prestan apoyo a estos grupos", censuró.

El artículo alude a una investigación de la ONU en el pasado mes de mayo, que confirma que las milicias armadas en Siria perpetran atrocidades. Y en agosto, esa instancia internacional vuelve a atizar el tema, e igualmente Amnistía Internacional había mencionado las prácticas sistemáticas de estos grupos terroristas que incluyen homicidios, torturas y salvajes masacres.

Glaser menciona que Human Rights Watch ha vuelto a revelar las prácticas de torturas y ejecuciones que llevan a cabo los armados en Siria y que exigió realizar investigaciones y poner fin a ellos.

Un informe de HRW, tras la visita de su delegación a la ciudad de Alepo, menciona que los grupos armados han sometido detenidos secuestrados a maltratos y torturas y han cometido ejecuciones extrajudiciales en Alepo, Latakia y Edleb, que constituyen crímenes de guerra y podrían ser delitos de lesa humanidad si tienen un carácter generalizado y sistemático.

La organización ha expresado su profunda preocupación ante las declaraciones de algunos líderes de estos grupos armados que manifestaron tolerar o incluso consentir las ejecuciones extrajudiciales y sumarias, y que consideran que sus victimas merecían ser ultimados.

El escritor apunta que a pesar de todas las pruebas, EE.UU. sigue una política de respaldo e instigación a estos grupos armados.

Un funcionario de HRW aseveró que "quienes colaboran con estos grupos tienen una responsabilidad especial de repudiar los abusos".

"En realidad, eso ya ha ocurrido, afirma Glaser, a principios de agosto, el portavoz de la Casa Blanca, Jay Carney, se vio obligado a condenar tales actos cuando se le preguntó acerca de ellos, sin mostrar ninguna intención por parte de su administración de tratar de poner fin a dichas acciones o retirar su apoyo a estos grupos despojados de conciencia y principios, adoptando a cambio, las condenas manifiestas como estrategia fácil para sus relaciones públicas con el fin de desentenderse de la responsabilidad de los crímenes que ella misma apoya", censuró.

"Para reiterar, continua el escritor, los EE.UU. está trabajando con aliados en los Estados árabes del Golfo, como Arabia Saudita y Qatar para enviar las armas, informaciones de inteligencia, y otros equipos a los grupos armados en Siria", añadiendo que "nuestro aliado de la OTAN, Turquía, está albergando e incluso entrenando a los miembros del Ejército Sirio Libre, así como nuestros militares y funcionarios de inteligencia están estacionados en la frontera turco-siria para ayudar a los rebeldes". "Es ampliamente conocido y reconocido oficialmente que los grupos armados tienen un numeroso contingente de combatientes de al-Qaeda, que es considerada terrorista por EE.UU., en sus filas", denota Glase, quien no escondió su asombro de que esta realidad no haya impedido a la administración de Barak Obama abandonar su financiación a dichos grupos, y alegar, de manera increíble, que está siguiendo la operación de cerca para asegurarse de que sus fondos y armas no lleguen a manos de al-Qaeda. "Más fuentes terceras, dice el articulo, y otras de inteligencia, aseguraron a los diarios norteamericanos Washington Post y Los Angeles Times recientemente, que en la realidad EE.UU. no está muy interesada en quien está recibiendo el dinero y las armas".

De todos modos, finaliza Glase, los continuos informes y éste ultimo de Human Rights Watch, señalan que incluso todos los elementos de los grupos armados en Siria y no solo los vinculados con al-Qaeda, están cometiendo graves delitos, censurando abiertamente la política de EE.UU. al respecto, la cual tachó de inmoral y totalmente en ´bancarrota´.

ESTADOS UNIDOS APOYA LOS CRIMENES DE GUERRA EN SIRIA 2012-09-28 11:12:00

El sitio electrónico estadounidense Antiwar.com, publicó un articulo del escritor John Glaser, titulado "El apoyo de EE.UU. a los crímenes de guerra que perpetran los armados en Siria", en el cual el autor pone de manifiesto la horrenda realidad de los crímenes que cometen los grupos terroristas armados en Siria, que asegura ser crímenes de guerra y violaciones peligrosas de los derechos humanos.

El autor del artículo afirma que "todo el mundo está ya al tanto de estos crímenes que son amplia y constantemente difundidos, de manera tal que cualquier persona que desee conocer la realidad puede hacerlo, y a pesar de ello los Estados Unidos les prestan apoyo a estos grupos", censuró.

El artículo alude a una investigación de la ONU en el pasado mes de mayo, que confirma que las milicias armadas en Siria perpetran atrocidades. Y en agosto, esa instancia internacional vuelve a atizar el tema, e igualmente Amnistía Internacional había mencionado las prácticas sistemáticas de estos grupos terroristas que incluyen homicidios, torturas y salvajes masacres.

Glaser menciona que Human Rights Watch ha vuelto a revelar las prácticas de torturas y ejecuciones que llevan a cabo los armados en Siria y que exigió realizar investigaciones y poner fin a ellos.

Un informe de HRW, tras la visita de su delegación a la ciudad de Alepo, menciona que los grupos armados han sometido detenidos secuestrados a maltratos y torturas y han cometido ejecuciones extrajudiciales en Alepo, Latakia y Edleb, que constituyen crímenes de guerra y podrían ser delitos de lesa humanidad si tienen un carácter generalizado y sistemático.

La organización ha expresado su profunda preocupación ante las declaraciones de algunos líderes de estos grupos armados que manifestaron tolerar o incluso consentir las ejecuciones extrajudiciales y sumarias, y que consideran que sus victimas merecían ser ultimados.

El escritor apunta que a pesar de todas las pruebas, EE.UU. sigue una política de respaldo e instigación a estos grupos armados.

Un funcionario de HRW aseveró que "quienes colaboran con estos grupos tienen una responsabilidad especial de repudiar los abusos".

"En realidad, eso ya ha ocurrido, afirma Glaser, a principios de agosto, el portavoz de la Casa Blanca, Jay Carney, se vio obligado a condenar tales actos cuando se le preguntó acerca de ellos, sin mostrar ninguna intención por parte de su administración de tratar de poner fin a dichas acciones o retirar su apoyo a estos grupos despojados de conciencia y principios, adoptando a cambio, las condenas manifiestas como estrategia fácil para sus relaciones públicas con el fin de desentenderse de la responsabilidad de los crímenes que ella misma apoya", censuró.

"Para reiterar, continua el escritor, los EE.UU. está trabajando con aliados en los Estados árabes del Golfo, como Arabia Saudita y Qatar para enviar las armas, informaciones de inteligencia, y otros equipos a los grupos armados en Siria", añadiendo que "nuestro aliado de la OTAN, Turquía, está albergando e incluso entrenando a los miembros del Ejército Sirio Libre, así como nuestros militares y funcionarios de inteligencia están estacionados en la frontera turco-siria para ayudar a los rebeldes". "Es ampliamente conocido y reconocido oficialmente que los grupos armados tienen un numeroso contingente de combatientes de al-Qaeda, que es considerada terrorista por EE.UU., en sus filas", denota Glase, quien no escondió su asombro de que esta realidad no haya impedido a la administración de Barak Obama abandonar su financiación a dichos grupos, y alegar, de manera increíble, que está siguiendo la operación de cerca para asegurarse de que sus fondos y armas no lleguen a manos de al-Qaeda. "Más fuentes terceras, dice el articulo, y otras de inteligencia, aseguraron a los diarios norteamericanos Washington Post y Los Angeles Times recientemente, que en la realidad EE.UU. no está muy interesada en quien está recibiendo el dinero y las armas".

De todos modos, finaliza Glase, los continuos informes y éste ultimo de Human Rights Watch, señalan que incluso todos los elementos de los grupos armados en Siria y no solo los vinculados con al-Qaeda, están cometiendo graves delitos, censurando abiertamente la política de EE.UU. al respecto, la cual tachó de inmoral y totalmente en ´bancarrota´.

ESTADOS UNIDOS APOYA LOS CRIMENES DE GUERRA EN SIRIA 2012-09-28 11:12:00

El sitio electrónico estadounidense Antiwar.com, publicó un articulo del escritor John Glaser, titulado "El apoyo de EE.UU. a los crímenes de guerra que perpetran los armados en Siria", en el cual el autor pone de manifiesto la horrenda realidad de los crímenes que cometen los grupos terroristas armados en Siria, que asegura ser crímenes de guerra y violaciones peligrosas de los derechos humanos.

El autor del artículo afirma que "todo el mundo está ya al tanto de estos crímenes que son amplia y constantemente difundidos, de manera tal que cualquier persona que desee conocer la realidad puede hacerlo, y a pesar de ello los Estados Unidos les prestan apoyo a estos grupos", censuró.

El artículo alude a una investigación de la ONU en el pasado mes de mayo, que confirma que las milicias armadas en Siria perpetran atrocidades. Y en agosto, esa instancia internacional vuelve a atizar el tema, e igualmente Amnistía Internacional había mencionado las prácticas sistemáticas de estos grupos terroristas que incluyen homicidios, torturas y salvajes masacres.

Glaser menciona que Human Rights Watch ha vuelto a revelar las prácticas de torturas y ejecuciones que llevan a cabo los armados en Siria y que exigió realizar investigaciones y poner fin a ellos.

Un informe de HRW, tras la visita de su delegación a la ciudad de Alepo, menciona que los grupos armados han sometido detenidos secuestrados a maltratos y torturas y han cometido ejecuciones extrajudiciales en Alepo, Latakia y Edleb, que constituyen crímenes de guerra y podrían ser delitos de lesa humanidad si tienen un carácter generalizado y sistemático.

La organización ha expresado su profunda preocupación ante las declaraciones de algunos líderes de estos grupos armados que manifestaron tolerar o incluso consentir las ejecuciones extrajudiciales y sumarias, y que consideran que sus victimas merecían ser ultimados.

El escritor apunta que a pesar de todas las pruebas, EE.UU. sigue una política de respaldo e instigación a estos grupos armados.

Un funcionario de HRW aseveró que "quienes colaboran con estos grupos tienen una responsabilidad especial de repudiar los abusos".

"En realidad, eso ya ha ocurrido, afirma Glaser, a principios de agosto, el portavoz de la Casa Blanca, Jay Carney, se vio obligado a condenar tales actos cuando se le preguntó acerca de ellos, sin mostrar ninguna intención por parte de su administración de tratar de poner fin a dichas acciones o retirar su apoyo a estos grupos despojados de conciencia y principios, adoptando a cambio, las condenas manifiestas como estrategia fácil para sus relaciones públicas con el fin de desentenderse de la responsabilidad de los crímenes que ella misma apoya", censuró.

"Para reiterar, continua el escritor, los EE.UU. está trabajando con aliados en los Estados árabes del Golfo, como Arabia Saudita y Qatar para enviar las armas, informaciones de inteligencia, y otros equipos a los grupos armados en Siria", añadiendo que "nuestro aliado de la OTAN, Turquía, está albergando e incluso entrenando a los miembros del Ejército Sirio Libre, así como nuestros militares y funcionarios de inteligencia están estacionados en la frontera turco-siria para ayudar a los rebeldes". "Es ampliamente conocido y reconocido oficialmente que los grupos armados tienen un numeroso contingente de combatientes de al-Qaeda, que es considerada terrorista por EE.UU., en sus filas", denota Glase, quien no escondió su asombro de que esta realidad no haya impedido a la administración de Barak Obama abandonar su financiación a dichos grupos, y alegar, de manera increíble, que está siguiendo la operación de cerca para asegurarse de que sus fondos y armas no lleguen a manos de al-Qaeda. "Más fuentes terceras, dice el articulo, y otras de inteligencia, aseguraron a los diarios norteamericanos Washington Post y Los Angeles Times recientemente, que en la realidad EE.UU. no está muy interesada en quien está recibiendo el dinero y las armas".

De todos modos, finaliza Glase, los continuos informes y éste ultimo de Human Rights Watch, señalan que incluso todos los elementos de los grupos armados en Siria y no solo los vinculados con al-Qaeda, están cometiendo graves delitos, censurando abiertamente la política de EE.UU. al respecto, la cual tachó de inmoral y totalmente en ´bancarrota´.



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Fiscalía abre investigación a Rosario Ponce y Causa Nora Dalmasso: fiscal pidió el sobreseimiento de Facundo Macarrón

Fiscalía abre investigación a Rosario Ponce 2012-10-31 15:56:58

 

El Ministerio Público decidió este miércoles no archivar el caso Ciro Castillo y abrir una investigación preparatoria contra Rosario Ponce por el delito de homicidio en perjuicio del universitario Ciro Castillo Rojo, cuyo cuerpo fue encontrado casi siete meses después de intensa búsqueda en el valle arequipeño del Colca.

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Causa Nora Dalmasso: fiscal pidió el sobreseimiento de Facundo Macarrón 2012-10-05 11:31:12

El fiscal Javier Di Santo pidió al juez de control, Daniel Muñoz, que sobresea a Facundo Macarrón, el hijo de Nora Dalmasso, del delito de homicidio calificado que se le imputaba por sospecha leve.

Sin imputados. Tal como lo adelantó la Corresponsalía de La Voz del Interior hace una semana, el caso Nora Dalmasso, la mujer asesinada a fines de 2006 en el exclusivo barrio Villa Golf de Río Cuarto, se quedará sin imputados.

Con el último dictamen genético, el fiscal Di Santo solicitó el sobreseimiento del hijo de la víctima.

Por "sospecha leve", el joven estuvo imputado más de cuatro años de "abuso sexual gravemente ultrajante y homicidio calificado por el vínculo", aunque nunca fue privado de su libertad.

El caso. La imputación de Facundo Macarrón se basó en contradicciones testimoniales y en informes genéticos del Ceprocor que encontraron haplotipo "Y" del linaje Macarrón en muestras del cadáver. Tras estudios encargados al FBI y ensayos que el laboratorio del Poder Judicial tardó casi un año y medio en producir, todo parece indicar que las marcas genéticas correspondían al viudo de Nora, Marcelo Macarrón.

La pericia determinó que el material genético del marido pudo haber sobrevivido seis días (los esposos habían estado juntos el martes y la mujer fue hallada muerta el domingo).

Además, estableció que el rastro de Macarrón pudo aparecer en las sábanas, pese a que habían sido cambiadas, por "una transferencia en el lavarropas", algo que nunca antes se habría verificado científicamente en causas judiciales.

El fiscal Javier Di Santo dejó entrever que no prevé apartarse de la causa y que su intención es tratar de profundizar la investigación en torno a muestras de un ADN desconocido halladas en la evidencia. La querella adelantó que quiere un cambio de fiscal y no descarta exigirlo.

La familia de Nora Dalmasso y el abogado del viudo volverán a apuntar ahora contra los obreros que trabajaron en la vivienda en la búsqueda de algún sospechoso.

Hay muy pocos elementos que podrían servir para profundizar la investigación en materia genética. En la sábana de abajo de la cama de una plaza en la que mataron a Dalmasso, se halló un perfil de ADN autosómico completo (se hereda la mitad de la madre y la mitad del padre) de un desconocido. El asunto es con quién podrían cotejarlo.

Otro de los imputados de la causa, ya sobreseído, fue el pintor Gastón Zárate, conocido como "el perejil" del caso Dalmasso.



PJ absuelve a exsuboficial del ejército por caso Chavín de Huántar 2012-08-16 00:45:00

Manuel Túllume González estaba acusado del delito de homicidio calificado, en calidad de cómplice secundario, en perjuicio del emerretista Eduardo Cruz Sánchez, alias Tito.

Piden captura del principal sospechoso por la masacre de Hudson 2012-05-02 18:33:22

 

La Justicia dictó una orden de captura contra Diego Peroti, el convicto que está acusado de haber matado a una familia en la localidad bonaerense Hudson, mientras el único detenido hasta las últimas horas pasó de ser sospechoso de encubrimiento a convertirse en imputado como coautor de la masacre.

Se trata de Leonel Soria, de 22 años, quien había sido arrestado en un primer momento por el delito de "encubrimiento agravado", ya que se encontraba en la casa donde se hallaron los cadáveres.

Sin embargo, las últimas pruebas permitieron imputarlo como coautor del cuádruple homicidio agravado por la alevosía y será indagado mañana al mediodía en la fiscalía de Berazategui, según confirmó hoy la fiscal María Attarian Mena, a cargo de la causa, quien además hoy dictó formalmente la orden de captura de Peroti, como principal sospechoso de los asesinatos.

"En el día de hoy solicité la detención de la persona aprehendida por el delito de homicidio agravado por alevosía, y como no hay un domicilio para localizar (a Peroti) no solo pedí su detención sino su captura -dijo la fiscal-. Los dos están sospechados como coautores".

En diálogo con el canal TN, la fiscal precisó que Peroti, evadido de la cárcel de la que había salido gozando salidas transitorias, fue demorado el domingo pasado por el robo de un auto, pero como presentó un documento de otro sujeto que no tenía antecedentes lo dejaron irse.

"Intervino esta fiscalía también. Esta persona (Peroti) dio otra identidad y del sistema no surgía su momento ninguna situación que ameritara su detención. Como era un delito no detenible (sic) por eso se fue en libertad. No fue un registro con huella dactilar", afirmó la funcionaria.

La Justicia también busca a un hijo de Peroti de 14 años, sospechados de intervenir en el entierro de los cadáveres pero que por su edad será declarado inimputable, más allá de su eventual participación, indicaron los voceros.

En declaraciones a Radio Continental, la fiscal del caso confirmó que se incautaron "un pico, una masa, un cuchillo, y una cuchilla", lo cual -explicó- "da indicios de la posible participación de varias personas en la escena del crimen".

Precisamente, la fiscal explicó que durante 48 horas -entre el lunes y el martes- los investigadores secuestraron elementos de prueba, entre ellos ropas ensangrentadas que serán peritadas.

"Los colchones estaban todos manchados con sangre", comentó y por consiguiente, razonó, "hay una alta posibilidad de que (las víctimas) hayan estado descansando, (el crimen) habría sido en la madrugada".

La funcionaria le restó importancia al incendio que provocaron ayer los familiares de las víctimas cuando, al recibir de vuelta la vivienda, quemaron colchones y elementos que encontraron en la casa de la tragedia.

La funcionaria confirmó que "el objetivo era quedarse con la propiedad" y señaló que ese mismo motivo fue lo que llevó a los responsables a enterrar a las víctimas en el fondo de la vivienda.

"Sin duda se trató del mismo móvil: ocultar pruebas del delito", añadió.

El lunes pasado, los vecinos y la policía desenterraron de dos patios de la vivienda ubicada en la calle 59, casi cruce con la 138, en Hudson (Berazategui), los cadáveres de Pablo Sosa (65), su hija Lorena Sosa (21), la pequeña de ésta, de 3 años, y un hijastro del primero, Javier Lucce (22).

La vivienda había sido "tomada" por Peroti, un convicto que estaba prófugo por no haber regresado tras el beneficio de la salida transitoria, y que mantenía una relación sentimental con Lorena.

Según los familiares de las víctimas, Peroti habría cometido el múltiple homicidio para poder irse a vivir allí con su pareja embarazada, su hijo adolescente, un joven amigo y su hermana.

 



El viudo de Lorena Aubán seguirá preso 2012-04-16 22:01:00

San Francisco. La Cámara del Crimen de San Francisco resolvió que el viudo de Lorena Aubán siga acusado por el delito de homicidio calificado por el vínculo, con lo que no hizo lugar al planteo de la Fiscalía de Cámara para cambiar la imputación hacia Cristian Bizone, quien permanecerá detenido.

Los jueces Mario Comes, Hugo Ferrero y Claudio Requena sostuvieron la acusación originaria contra el viudo e hicieron lugar a un segundo planteo del fiscal Víctor Pezzano para agregar una acusación alternativa. De esta manera, se contemplará una segunda hipótesis en la que el imputado Jonatan Arias es autor del delito de homicidio en ocasión de robo. Con esta resolución, tanto la Fiscalía como la querella podrían acusar por una u otra hipótesis.

Más de un centenar de personas se acercaron ayer hasta la sede de los tribunales sanfrancisqueños para apoyar a los familiares de la farmacéutica asesinada el 23 de junio de 2007, en Arroyito. Los Aubán se mostraron contentos por la decisión que tomó la Cámara porque ellos sostienen el involucramiento de Bizone en el crimen.

Los jueces se expidieron en base a un planteo del fiscal, quien sostenía que se habría producido un hecho distinto al descripto en la elevación a juicio y solicitó un cambio en la acusación hacia el viudo. Pezzano rechazó acusación diferente a la planteada por el fiscal de instrucción de Arroyito, José Argüello, quien indicó que el viudo había buscado a dos cómplices, uno de ellos Arias, para entrar a robar a la farmacia y luego matar a su esposa. Para el fiscal, a través de las distintas pruebas y elementos surgidos en el juicio, el hecho fue solamente ejecutado por Arias, sin la participación del viudo.

Con la resolución de ayer, se establece la acusación alternativa, es decir, se mantiene vigente la acusación originaria contra Bizone como autor del delito de homicidio calificado por el vínculo y de Arias como partícipe necesario, y se agrega alternativamente otra hipótesis delictiva en la que Arias es el autor del delito de homicidio en ocasión de robo. Frente a este planteo, la defensa de Arias pidió ayer 48 horas para presentar una nueva prueba, mientras que los abogados del viudo solicitaron que se presenten otros dos testigos relacionados con una llamada telefónica.



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Muy Útil, Brasil logra en Líbano el primer contrato de exportación del blindado Guaraní 30/01/2015

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Fiscalía abre investigación a Rosario Ponce y Causa Nora Dalmasso: fiscal pidió el sobreseimiento de Facundo Macarrón

Fiscalía abre investigación a Rosario Ponce 2012-10-31 15:56:58

 

El Ministerio Público decidió este miércoles no archivar el caso Ciro Castillo y abrir una investigación preparatoria contra Rosario Ponce por el delito de homicidio en perjuicio del universitario Ciro Castillo Rojo, cuyo cuerpo fue encontrado casi siete meses después de intensa búsqueda en el valle arequipeño del Colca.

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Causa Nora Dalmasso: fiscal pidió el sobreseimiento de Facundo Macarrón 2012-10-05 11:31:12

El fiscal Javier Di Santo pidió al juez de control, Daniel Muñoz, que sobresea a Facundo Macarrón, el hijo de Nora Dalmasso, del delito de homicidio calificado que se le imputaba por sospecha leve.

Sin imputados. Tal como lo adelantó la Corresponsalía de La Voz del Interior hace una semana, el caso Nora Dalmasso, la mujer asesinada a fines de 2006 en el exclusivo barrio Villa Golf de Río Cuarto, se quedará sin imputados.

Con el último dictamen genético, el fiscal Di Santo solicitó el sobreseimiento del hijo de la víctima.

Por "sospecha leve", el joven estuvo imputado más de cuatro años de "abuso sexual gravemente ultrajante y homicidio calificado por el vínculo", aunque nunca fue privado de su libertad.

El caso. La imputación de Facundo Macarrón se basó en contradicciones testimoniales y en informes genéticos del Ceprocor que encontraron haplotipo "Y" del linaje Macarrón en muestras del cadáver. Tras estudios encargados al FBI y ensayos que el laboratorio del Poder Judicial tardó casi un año y medio en producir, todo parece indicar que las marcas genéticas correspondían al viudo de Nora, Marcelo Macarrón.

La pericia determinó que el material genético del marido pudo haber sobrevivido seis días (los esposos habían estado juntos el martes y la mujer fue hallada muerta el domingo).

Además, estableció que el rastro de Macarrón pudo aparecer en las sábanas, pese a que habían sido cambiadas, por "una transferencia en el lavarropas", algo que nunca antes se habría verificado científicamente en causas judiciales.

El fiscal Javier Di Santo dejó entrever que no prevé apartarse de la causa y que su intención es tratar de profundizar la investigación en torno a muestras de un ADN desconocido halladas en la evidencia. La querella adelantó que quiere un cambio de fiscal y no descarta exigirlo.

La familia de Nora Dalmasso y el abogado del viudo volverán a apuntar ahora contra los obreros que trabajaron en la vivienda en la búsqueda de algún sospechoso.

Hay muy pocos elementos que podrían servir para profundizar la investigación en materia genética. En la sábana de abajo de la cama de una plaza en la que mataron a Dalmasso, se halló un perfil de ADN autosómico completo (se hereda la mitad de la madre y la mitad del padre) de un desconocido. El asunto es con quién podrían cotejarlo.

Otro de los imputados de la causa, ya sobreseído, fue el pintor Gastón Zárate, conocido como "el perejil" del caso Dalmasso.



PJ absuelve a exsuboficial del ejército por caso Chavín de Huántar 2012-08-16 00:45:00

Manuel Túllume González estaba acusado del delito de homicidio calificado, en calidad de cómplice secundario, en perjuicio del emerretista Eduardo Cruz Sánchez, alias Tito.

Piden captura del principal sospechoso por la masacre de Hudson 2012-05-02 18:33:22

 

La Justicia dictó una orden de captura contra Diego Peroti, el convicto que está acusado de haber matado a una familia en la localidad bonaerense Hudson, mientras el único detenido hasta las últimas horas pasó de ser sospechoso de encubrimiento a convertirse en imputado como coautor de la masacre.

Se trata de Leonel Soria, de 22 años, quien había sido arrestado en un primer momento por el delito de "encubrimiento agravado", ya que se encontraba en la casa donde se hallaron los cadáveres.

Sin embargo, las últimas pruebas permitieron imputarlo como coautor del cuádruple homicidio agravado por la alevosía y será indagado mañana al mediodía en la fiscalía de Berazategui, según confirmó hoy la fiscal María Attarian Mena, a cargo de la causa, quien además hoy dictó formalmente la orden de captura de Peroti, como principal sospechoso de los asesinatos.

"En el día de hoy solicité la detención de la persona aprehendida por el delito de homicidio agravado por alevosía, y como no hay un domicilio para localizar (a Peroti) no solo pedí su detención sino su captura -dijo la fiscal-. Los dos están sospechados como coautores".

En diálogo con el canal TN, la fiscal precisó que Peroti, evadido de la cárcel de la que había salido gozando salidas transitorias, fue demorado el domingo pasado por el robo de un auto, pero como presentó un documento de otro sujeto que no tenía antecedentes lo dejaron irse.

"Intervino esta fiscalía también. Esta persona (Peroti) dio otra identidad y del sistema no surgía su momento ninguna situación que ameritara su detención. Como era un delito no detenible (sic) por eso se fue en libertad. No fue un registro con huella dactilar", afirmó la funcionaria.

La Justicia también busca a un hijo de Peroti de 14 años, sospechados de intervenir en el entierro de los cadáveres pero que por su edad será declarado inimputable, más allá de su eventual participación, indicaron los voceros.

En declaraciones a Radio Continental, la fiscal del caso confirmó que se incautaron "un pico, una masa, un cuchillo, y una cuchilla", lo cual -explicó- "da indicios de la posible participación de varias personas en la escena del crimen".

Precisamente, la fiscal explicó que durante 48 horas -entre el lunes y el martes- los investigadores secuestraron elementos de prueba, entre ellos ropas ensangrentadas que serán peritadas.

"Los colchones estaban todos manchados con sangre", comentó y por consiguiente, razonó, "hay una alta posibilidad de que (las víctimas) hayan estado descansando, (el crimen) habría sido en la madrugada".

La funcionaria le restó importancia al incendio que provocaron ayer los familiares de las víctimas cuando, al recibir de vuelta la vivienda, quemaron colchones y elementos que encontraron en la casa de la tragedia.

La funcionaria confirmó que "el objetivo era quedarse con la propiedad" y señaló que ese mismo motivo fue lo que llevó a los responsables a enterrar a las víctimas en el fondo de la vivienda.

"Sin duda se trató del mismo móvil: ocultar pruebas del delito", añadió.

El lunes pasado, los vecinos y la policía desenterraron de dos patios de la vivienda ubicada en la calle 59, casi cruce con la 138, en Hudson (Berazategui), los cadáveres de Pablo Sosa (65), su hija Lorena Sosa (21), la pequeña de ésta, de 3 años, y un hijastro del primero, Javier Lucce (22).

La vivienda había sido "tomada" por Peroti, un convicto que estaba prófugo por no haber regresado tras el beneficio de la salida transitoria, y que mantenía una relación sentimental con Lorena.

Según los familiares de las víctimas, Peroti habría cometido el múltiple homicidio para poder irse a vivir allí con su pareja embarazada, su hijo adolescente, un joven amigo y su hermana.

 



El viudo de Lorena Aubán seguirá preso 2012-04-16 22:01:00

San Francisco. La Cámara del Crimen de San Francisco resolvió que el viudo de Lorena Aubán siga acusado por el delito de homicidio calificado por el vínculo, con lo que no hizo lugar al planteo de la Fiscalía de Cámara para cambiar la imputación hacia Cristian Bizone, quien permanecerá detenido.

Los jueces Mario Comes, Hugo Ferrero y Claudio Requena sostuvieron la acusación originaria contra el viudo e hicieron lugar a un segundo planteo del fiscal Víctor Pezzano para agregar una acusación alternativa. De esta manera, se contemplará una segunda hipótesis en la que el imputado Jonatan Arias es autor del delito de homicidio en ocasión de robo. Con esta resolución, tanto la Fiscalía como la querella podrían acusar por una u otra hipótesis.

Más de un centenar de personas se acercaron ayer hasta la sede de los tribunales sanfrancisqueños para apoyar a los familiares de la farmacéutica asesinada el 23 de junio de 2007, en Arroyito. Los Aubán se mostraron contentos por la decisión que tomó la Cámara porque ellos sostienen el involucramiento de Bizone en el crimen.

Los jueces se expidieron en base a un planteo del fiscal, quien sostenía que se habría producido un hecho distinto al descripto en la elevación a juicio y solicitó un cambio en la acusación hacia el viudo. Pezzano rechazó acusación diferente a la planteada por el fiscal de instrucción de Arroyito, José Argüello, quien indicó que el viudo había buscado a dos cómplices, uno de ellos Arias, para entrar a robar a la farmacia y luego matar a su esposa. Para el fiscal, a través de las distintas pruebas y elementos surgidos en el juicio, el hecho fue solamente ejecutado por Arias, sin la participación del viudo.

Con la resolución de ayer, se establece la acusación alternativa, es decir, se mantiene vigente la acusación originaria contra Bizone como autor del delito de homicidio calificado por el vínculo y de Arias como partícipe necesario, y se agrega alternativamente otra hipótesis delictiva en la que Arias es el autor del delito de homicidio en ocasión de robo. Frente a este planteo, la defensa de Arias pidió ayer 48 horas para presentar una nueva prueba, mientras que los abogados del viudo solicitaron que se presenten otros dos testigos relacionados con una llamada telefónica.



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